lunes, 13 de septiembre de 2010

General destituido Pércival Peña elevará recurso de amparo

El general del Ejército Nacional, Rafael Pércival Peña, puesto en retiro el pasado día 16 de agosto por el Poder Ejecutivo, elevará un recurso de amparo ante el Tribunal Contencioso Administrativo con el propósito de lograr ser restituido en sus funciones.

El militar alega que persigue la "tutela efectiva de sus derechos adquiridos", como consta en la Constitución de la República, según explica en el dispositivo que entregará al tribunal, copia de la cual obtuvo www.z101digital.com y la cual transcribe a continuación:

"Que esta acción persigue la tutela efectiva del derecho adquirido del general de brigada piloto, Rafael Pércival Peña (R), e inherentes a su persona humana o derechos fundamentales de carácter universal, reconocidos y garantizados por la Constitución, lo que ocurre en la especie, ya que la litis fue introducida ante el Tribunal correspondiente por el acto violatorio, proveniente de la vulneración de la lesión de un derecho fundamental inherente a la persona humana y por ende regulado por la Constitución específicamente el derecho fundamental a la igualdad en su articulo 39 de la Constitución:

Todas las personas son iguales ante la ley, reciben la misma protección y tratos de las instituciones, autoridades y no deben haber privilegios que tienda a quebrar la igualdad de los dominicanos y dominicanas, ninguna entidad puede dar títulos de nobleza ni hereditarios, y que el Estado debe proveer condiciones jurídicas para la igualdad y no la discriminación, acto instituido en la Carta Magna de la República en su artículo 253 sobre las FF.AA.


Y que el derecho adquirido perseguido por el reclamante General Rafael Pércival Peña (R) es inherente a la persona humana proviene de su condición de ser humano .Y que como miembro de la institución armada, entidad oficial regulada por su propia ley y la Constitución que especifica claramente que no debe ver discriminación en ella en su artículo 253, que prevén la forma de ingreso y de separación, ascenso y retiro de sus miembros sin discriminación alguna y que todos sus miembros deben ser tratados con igualdad y ellas se rigen por la Constitución, por lo que cualquier controversia que se genere por la separación de uno de sus miembros, como ocurrió en la especie, debió ser solucionada por el procedimiento ordinario instituido por la ley a esos fines lo cual no se hizo y mucho menos se llevó a cabo, lo cual es visible la violación de sus derechos en todos sus aspecto.

Con el retiro de Pércival Peña, se lesionó un derecho fundamental inherente a la persona humana como es la igualdad, establecida como derecho fundamental en nuestra Carta Magna en su artículo 37, 38 y 39: Derechos a la vida, derecho a la dignidad humana, y derecho a la igualdad y, por ende, regulado por nuestra Constitución .Por lo tanto, es un derecho instituido en nuestra Carta Magna, amparado en la ley 437-06 del recurso de amparo.

Que en adicción a todo lo ante expuesto el artículo 8 de nuestra Carta Magna en la función esencial del Estado en su artículo 8 consagra: Es función del Estado la protección efectiva de los derechos de la personas, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatible con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas.

La Carta Magna es la espina dorsal de la institución del Estado que es la ley de leyes .La Constitución en su artículo 6 estipula bien claro, incluyendo al jefe del Estado, que debe respetarla y cumplirla, dice: Todas las personas y órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, normas supremas y fundamentos del ordenamiento jurídico del Estado".

El general (R) Pércival Peña informó a este medio que cuenta con una barra compuesta por 72 abogados, aunque sólo cuatro aparecerán firmando el recurso de amparo, que prevé presentar la mañana de este martes por ante el Tribunal Contencioso Administrativo, dependiente de la Suprema Corte de Justicia.

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