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Proconsumidor advirtió este lunes que el no registro de los contratos de adhesión ante esa institución, además de rebeldía de orden público, podría ser el causante de declaración de nulidad ante los tribunales de cualquier demanda donde estén este tipo de documentos. La directora de la institución, Altagracia Paulino, anunció que se pondrá en contacto con el colegio de abogados del país para que, en lo adelante, los juristas litigantes exijan ante los tribunales la legitimidad de un contrato, mediante una certificación otorgada por Proconsumidor.
Recordó que la Ley 358-05 establece que los contratos de adhesión o los formularios, vigentes o no a la entrada en vigor de la presente ley, deberán ser remitidos a esa institución.
El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor agregó que “creará un sistema de registro para tales fines sin perjuicio del registro que deberán llevar a cabo ciertos proveedores ante las autoridades administrativas correspondientes en virtud de leyes especiales. Esta disposición se aplica a todo tipo de contratos incluyendo los de materia financiera”
A través de una nota de prensa, Paulino señaló que los jueces deberán declarar nulo cualquier reclamo que se haga a partir de contratos de adhesión no registrados en Proconsumidor y que por lo tanto el no registro más que bien le causará perjuicio a los proveedores de servicio que no registren sus contratos.
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