Las entidades de intermediación financiera únicamente aceptarán a partir de este lunes 14 de febrero, los cheques elaborados bajo el nuevo estándar definido por el Banco Central.
En un comunicado de la Junta Monetaria se hace constar que a partir de la publicación de la presente resolución, las entidades de intermediación financiera deberán de abstenerse de forma inmediata a la emisión del Cheque de Administración y/o Gerencia confeccionados con el formato no estandarizado.
La disposición al respecto, según el comunicado, está amparada en la Segunda Resolución de fecha 13 de enero de 2011, dictada por la Junta Monetaria
El comunicado de la Junta Monetaria da cuenta de los pasos que se dieron a las instituciones y personas físicas que tienen cuentas en las entidades de intermediación financiera para que cumplieran con esta resolución y del instructivo sobre las especificaciones para la elaboración del Cheque aprobado por el gobernador del Banco Central en fecha 4 de diciembre del 2008 y sus modificaciones.
La resolución señala que “vista la comunicación No. 477 de fecha 11 de enero del 2011, dirigida al Gobernador del Banco Central y Presidente de la Junta Monetaria por el Gerente de dicha institución, mediante la cual remite la solicitud para establecer plazo para el uso del cheque elaborado con formato no estandarizado.
El comunicado recuerda que en julio del 2009, el Banco Central publicó un aviso en el que informaba a los agentes económicos y al público en general que como parte del Proyecto de Reforma del Sistema de Pagos de la República Dominicana (SIPARD), el formato de los cheques emitidos por personas físicas o jurídicas con cargo a sus cuentas en los bancos múltiples del país había sido estandarizado y que en cumplimiento a esa disposición, los bancos múltiples estarían dando inicio a la sustitución gradual de las chequeras en poder de sus depositantes por otras con un nuevo formato.
Asimismon, dice que el Banco Central informó en esa ocasión que a partir del 4 de septiembre del 2009, sería obligatorio que los cheques estandarizados fuesen impresos exclusivamente por empresas que cumplieran con las especificaciones de impresión y requerimientos de seguridad contenidos en el instructivo.
En agosto del 2010, tanto el Banco Central como la Asociación de Bancos Comerciales hicieron de público conocimiento el vencimiento del límite de extensión del plazo para la coexistencia de los cheques estandarizados y no estandarizados, proceso que, de acuerdo a la información suministrada, se había cumplido satisfactoriamente al 18 de agosto del 2010.
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