jueves, 24 de marzo de 2011

PE compensa a los transportistas con 3 millones de galones de combustibles

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El Poder Ejecutivo estableció una compensación de tres millones de galones de combustibles. durante tres meses, para los transportistas registrados en el servicio urbano, interurbano de carga y turistico. La compensación será de una suma equivalente a los impuestos al consumo de combustibles fósiles y derivados del petróleo, establecidos en las leyes aplicadas al gasoil regular, pagados por los afiliados de los gremios de transporte. La medida está establecida en el decreto número 183-11, que fija el monto de la compensación limitada al impuesto correspondiente a tres millones de galones mensuales durante un período de tres meses.

Para beneficiarse del monto de la compensación, prevista en el artículo uno, los transportistas de carga y pasajeros deberán estar registrados en la Oficina Técnica de Transporte, la Autoridad Metropolitana de Transporte y el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, expresa la disposición presidencial.

Señala que el mismo no podrá ser traspasado por donación, venta o cualquier otra forma a terceras personas, de lo contrario, serán pasibles de las sanciones previstas en la ley 4027, sobre exoneraciones de impuestos, de fecha 12 de enero de 1995 y las previstas en las leyes tributarias y arancelarias.

El decreto deja a cargo de los ministerios de Hacienda y de Industria y Comercio, junto a las instituciones ligadas a sector transporte, la elaboración de un reglamento de aplicación del decreto en un período no mayor de quince días.

En los considerandos, el decreto expresa que es deber del Gobierno disponer de iniciativas en interés de asegurar el abastecimiento de combustibles a precios razonables en las actividades de transporte de carga de pasajeros, a fin de no encarecer las tarifas de los mismos.

Expresa que en los últimos meses, los precios de los derivados del petróleo en el mercado internacional registraron un sustancial aumento que excede las posibilidades de estabilidad de precios asumidas por el gobierno dominicano y que esta circunstancia externa es necesaria adaptarla de una forma razonable y justa a la realidad nacional.

Añade que la actual tarifa de transporte de pasajeros y carga, sería impactada significativamente por el incremento del gasoil regular, lo cual afectaría directamente a los sectores de menos ingresos de la población.

La disposición presidencial también toma en consideración que los aumentos de los precios de los derivados del petróleo en el mercado internacional han ocasionado un aumento considerable en los precios de paridad de importación y que el Poder Ejecutivo, teniendo en cuenta la incidencia que poseen los combustibles en la estructura de costos, ha decidido disponer iniciativas que amortiguen estos incrementos de precios.

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