sábado, 5 de mayo de 2012

Jueza dicta orden de arresto en contra de Marcos Martínez


El abogado y comentarista de televisión Marcos Martínez.                                                                                 Santiago
La jueza suplente del Tribunal de Atención Permanente del Distrito Judicial de Santiago, Penélope Amparo Casado Fermín, dictó orden de arresto en contra del abogado y comentarista de televisión Marcos Martínez, quien fue sometido a la justicia por la primera dama Margarita Cedeño de Fernández, por uso de documentos falsos.
Martínez habría comentado en un programa que producía en el canal 55 de Santiago, que Cedeño de Fernández supuestamente tenía una cuenta millonaria en euros en un banco de Dinamarca. La orden de arresto en contra de Martínez emitida por la jueza Casado Fermín, está contenida en la resolución 3494-2012 del 30 de abril de este año.
La fiscal Luisa Liranzo citó para las 4:00 de la tarde de ayer a Martínez, pero éste por recomendaciones de sus abogados no asistió al encuentro, alegando que con ello se violan todos los procedimientos legales y la propia Constitución de la República.
Los abogados del comentarista de televisión, quien fue diputado del Partido Revolucionario Dominicano en el período 1982-1986, son Francisco Hernández Brito, Teobaldo de y Manuel Sierra Pérez. La doctora Cedeño es representada por Luis Miguel Pereyra.
Sierra Pérez y Hernández denunciaron ayer a la presa que la fiscal Luisa Liranzo diligenció con una jueza suplente una orden de arresto en contra de su cliente en franca violación a la ley y alterando todos los procedimientos, porque éste no ha dejado de asistir a todas las citaciones que le ha hecho la fiscalía en torno a la querella que en su contra presentó la primera dama.
Asimismo, dijeron que no hay razón para apresar a su requeriente, porque éste presentó formal objeción a la resolución 001-2012 emitida por la fiscalía el 20 de abril de este año que implica el uso de una vía de naturaleza impugnativa que tiene como propósito la judicialización de un referendo existente entre el Ministerio Público y el querellado sobre la admisibilidad de la querella de conformidad con lo dispuesto en la parte in fine del artículo 269 del Código Procesal Penal.
Para los abogados de Martínez, no hay razón para que se ordene su detención y la misma viola las leyes y la Constitución de la República.

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