martes, 4 de septiembre de 2012

Apresamiento de diputado del PRD deberá ser aprobado por la Cámara Baja ADEMÁS, PORQUE ELEVÓ UN RECURSO A LA SENTENCIA DE LA SCJ POR ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


Santo Domingo
El diputado perredeista Ramón Antonio Fernández Martínez (Papo), condenado a un año de prisión por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), por sustraer a una menor, no  podrá ser apresado hasta tanto la Cámara de Diputados lo autorice, para lo cual debe aprobar un reglamento que ya fue elaborado, según lo establece la Constitución, en los artículos 86 y 87.
Otro argumento para que no se lleve a cabo el apresamiento es porque elevó un recurso a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia por  ante el Tribunal Constitucional (TC), según dijo su abogado, Eduardo Jorge Prats, alegando que se violaron varios de sus derechos.
El  juez de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional, Saulo Isabel Díaz, emitió una orden de arresto contra el diputado perredeísta por no presentarse a cumplir la condena de un año de prisión, de la SCJ.
La Cámara de Diputados sesionaría este martes, pero el legislador no acudió. La sesión fue pospuesta por falta de quórum. 
El presidente de la cámara baja, Abel Martínez reveló que el organismo fue notificado de la decisión de la SCJ el pasado nueve de abril y la Consultoría Jurídica elaboró un protocolo con las consecuencias legales.
El artículo 86 dice: Ningún senador o diputado podrá ser privado de su libertad durante la legislatura, sin la autorización de la cámara a que pertenezca, salvo el caso de que sea aprehendido en el momento de la comisión de un crimen.
Si un legislador o legisladora hubiere sido arrestado, detenido o privado en cualquier otra forma de su libertad, la cámara a que pertenece, esté en sesión o no, e incluso uno de sus integrantes, podrá exigir su puesta en libertad por el tiempo que dure la legislatura.
 A este efecto, el Presidente del Senado o el de la Cámara de Diputados, o un senador o diputado, según el caso, hará un requerimiento al Procurador General de la República y, si fuese necesario, dará la orden de libertad directamente, para lo cual podrá requerir y deberá serle prestado todo el apoyo de la fuerza pública.
 La sentencia establece que del año, el legislador sólo guarde prisión durante seis meses en la cárcel de Najayo.
El legislador acudió entonces al Tribunal Constitucional alegando que se le violaron sus derechos constitucionales.
El TC es un organismo de estreno en el país y se considera por encima de la SCJ, organismo que tenía la facultad de juzgar a los funcionarios y legisladores con inmunidad.
En cambio, Saulo Díaz dijo que  ningún recurso paraliza la aplicación de la condena contra el diputado perredeísta.

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