martes, 14 de mayo de 2013

Cuestiona se corte el pelo a una persona enviada a cárcel con prisión preventiva A PROPÓSITO DE LO OCURRIDO CON EL EMPRESARIO FRANK JORGE ELÍAS EL ARTISTA VAKERO ACUSADOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR


Santo Domingo
El jurista Félix Damián Olivares cuestionó ayer el hecho de que se corte el pelo a una persona que ingresa a un recinto carcelario, con prisión preventiva, como sucedido con el empresario Frank Jorge Elías, acusado de agredir físicamente a su esposa Sandra Kurdas y el artista Vakero, acusado de agredir a la artista Martha Heredia.
Dijo que la Ley 224, sobre Régimen Penitenciario establece en su artículo 90 que “los reclusos encausados o sujetos a prisión preventiva gozan de una presunción de inocencia y deberán ser tratados en consecuencia.
Expresó que la misma contempla en su artículo  69, ordinal 3 de la Constitución, la garantía de presunción de inocencia y que en cambio los artículos 6 y 38, hablan en torno a la dignidad humana.
Dijo que no conoce al imputado Jorge Elías, pero que como ciudadano que aspira a vivir en un Estado Social y Democrático de Derecho no cree que “nuestras legítimas aspiraciones de justicia deban conducirnos a pedir la horca y el cuchillo como solución ni que pretendamos la igualdad frente al atropello”.
Sostuvo que desde las normas mínimas del nuevo tratamiento Penitenciario hasta hoy se establecen los principios de separación de preventivos y condenados.
Resaltó que quien está protegido por el estado jurídico de inocencia no puede ser igualado en el trato con quien ha sido objeto de una condena.
“Estuvo mal con Vakeró y está mal con cualquier otra persona interna de manera preventiva, adujo Damián Olivares.

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