El presidente Danilo Medina sometió al Senado el proyecto de ley que deroga el impuesto anual a los activos financieros productivos netos.
El jefe del Estado explica a los senadores, en la carta de remisión de la propuesta, que el Impuesto Anual a los Activos Financieros Productivos Netos fue establecido mediante el Artículo 12, de la Ley No.139-11, del 24 de junio de 2011, sobre reforma tributaria.
Explica Medina que aunque las recaudaciones generadas por el Impuesto Anual a los Activos Financieros Productivos Netos han resultado satisfactorias para las finanzas públicas, hemos decido eliminarlo, con el fin de evitar distorsiones en el mercado.
El propósito del impuesto fue aumentar los ingresos tributarios para destinar mayores recursos a la educación, como uno de los componentes estratégicos del desarrollo económico y social. A través de dicha disposición legal, también se consignó la vigencia del referido impuesto hasta el mes de julio de 2013.
En 2012, la Ley No.253-12, del 9 de noviembre de 2012, sobre el fortalecimiento de la capacidad recaudatoria del Estado para la sostenibilidad fiscal y el desarrollo sostenible, dispuso, en su Artículo 40, la extensión del Impuesto Anual a los Activos Financieros Productivos Netos, hasta el 31 de diciembre de 2013.
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