lunes, 9 de junio de 2014

Suprema Corte ratifica decisión declara extinguida la acción penal contra Jochi Gómez SE LE ACUSÓ DE ACCEDER DE MANERA ILÍCITA AL SERVIDOR DEL PARTIDO DE LA LIBERACIÓN DOMINICANA

Santo Domingo
La Segunda Sala Penal de Suprema Corte de Justicia la decisión que declaró la extinción de la acción penal seguida por el ministerio público en contra de José Ángel Gómez Canaán (Jochi), hijo del periodista Guillermo Gómez, a quien se le acusó de acceder de manera ilícita al servidor del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), administrado por el señor Francis Reyes.
El tribunal, presidido por la magistrada Miriam Germán Brito, e integrado por Alejandro Moscoso Segarra, Esther Agelan Casasnovas e Hirohito Reyes, tomó la decisión al rechazar un recurso de casación interpuesto por el abogado Blas Minaya Nolasco, quien actuó en representación del PLD en contra de la sentencia que declaró la extinción de la acción penal seguida al imputado por la comisión del tipo penal del delito de alta tecnología.
En la sentencia, numero 2014-14, que consta de 9 páginas, el tribunal estimó que la decisión dictada por la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, el 4 de marzo pasado, no fue tomada de forma arbitraria o irracional y que la mismas contiene motivos suficientes y pertinentes, de los cuales se puede advertir que se hizo una adecuada aplicación del derecho.
Aduce además, que dicho tribunal hizo una correcta aplicación de la ley, pudiendo advertirse de la lectura de la sentencia recurrida que la misma contiene una exposición clara, lógica y completa de las causas que conllevaron a la Corte a rechazar los medios de apelación propuesto, sin que se observe alguna vulneración de orden legal o constitucional, por lo que procede declarar la inadmisibilidad del recurso de casación.
Asimismo, los jueces de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte, admitió como interviniente a Gómez Canaán en el recurso de casación interpuesto por el PLD en contra de la resolución impugnada y condena a la recurrente al pago de las costas penales y civiles, ordenado la distracción de esta ultimas en provecho del doctor Carlos Balcácer, quien afirma avanzado en su totalidad.
Se recuerda que el archivo del expediente fue ordenado por el Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.

No hay comentarios:

Publicar un comentario