La Asociación Nacional de Abogados y Abogadas Independiente (ANAIS), mostró su preocupación por el contenido establecido en el reglamento para la aplicación de la Ley 169-14, que establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el registro civil dominicano, por considerar que la misma contradice decisiones y normativas migratorias, establecidas en la Ley 285-04.
La presidenta y el vicepresidente de la entidad, Carmen Herrera y Huáscar Alexis Ventura, respectivamente, aducen que de aprobarse el referido reglamento como está, no se estaría actuando con estricto apego al ordenamiento constitucional y legal del país, sino que sería todo lo contrario, violentando nuestras normativas legales.
Señalan además que de ser aprobado el referido reglamento con las indicadas violaciones, estaría en un peligro inminente la soberanía de la nación y nuestros gobernantes serán escogidos por ciudadanos extranjeros.
Indican que el reglamento requiere una revisión objetiva e imparcial con carácter de urgencias, considerando el apego a nuestras normativas legales, previo su promulgación y publicación.
Expresan que con el reglamento se ha buscado simplificar el pago a la ciudadanía dominicana, sin importar las graves y peligrosas violaciones a nuestras normativas.
Destacan que el reglamento establece la declaración de nacimiento sin considerar la condición legal de los padres y que de ser aprobado en estas circunstancias se estaría, primero declarando apátridas a estas personas, para no considerar su origen, y segundo de ser así se estaría en franca violación a los distintos acuerdos internacionales de los cuales el país es signatarios.
La aprobación del citado reglamento con tantas violaciones y debilidades tiraría por la borda la valiosa e histórica labor y legado dejado por los padres Patria Juan Pablo Duarte, Ramón Matías Mella y Francisco del Rosario Sánchez, aducen.
Recordaron que el Tribunal Constitucional (TC) ha marcado las pautas constitucionales para revolver una problemática de décadas, con el dispositivo de la sentencia 168-13.
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