SANTO DOMINGO.- El presidente Danilo Medina promulgó este lunes la ley 310-14, la cual regula el envío de correos electrónicos comerciales no deseados (SPAM).
La misma tiene como objeto normar el envío de comunicaciones comerciales, publicitarias o promocionales no solicitadas, realizadas por correos electrónicos a los fines de proteger al consumidor.
Establece que toda comunicación comercial electrónica debe contener el señalamiento “publicidad” en el campo del asunto de cada mensaje.
Asimismo, dispone que si el contenido tiene relación con la venta o distribución de bienes o servicios de contenido sexual, solo deben ser leídos o adquiridos por mayores de edad, por lo que se incluirá la frase “publicidad para adultos”.
Los textos deben figurar de manera clara, legible, sin errores ni defectos ortográficos y sin la inclusión de caracteres ajenos a los mismos.
Comunicaciones ilegales y sanciones
La ley considera que son ilegales las comunicaciones cuando se remitan directa o indirectamente sin haber sido solicitadas o consentidas expresamente por el interesado receptor.
Se consideran delitos informáticos e incurren en la pena de prisión de 6 meses a 5 años y multa de 200 salarios mínimos los que remitan comunicaciones comerciales que se consideren ilegales. También, para quienes accedan a un sistema informático sin autorización e intencionalmente inicien la transmisión de comunicaciones comerciales desde o a través de dicho sistema.
Está penalizado, además, falsificar el campo de asunto de un mensaje de datos que contenga una comunicación comercial e intencionalmente iniciar la transmisión del mismo.
Igualmente, “registrar y recolectar, fraudulenta o maliciosamente, usando información falsa, la identidad del registrante de una cuenta de correo electrónico o direcciones de correo electrónico de sitios de acceso público”, señala la ley, entre otros aspectos de importancia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario