El Tribunal Constitucional ordenó ayer miércoles suspender la sentencia que ordenaba el traslado de los restos de Francisco Alberto Caamaño Deñó al Panteón Nacional.
La suspensión fue solicitada por el Ministerio de Cultura, la Comisión de Exaltación y José Antonio Rodríguez Duvergué. El fallo suspendido fue emitido por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el 31 de enero de este año.
En su sentencia, el tribunal consideró que sería contraproducente trasladar unos restos, que el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) determinó por vía científica que no correspondían con los del héroe nacional.
Señala que la Ley 4463, del 1956, que crea el Panteón de la Patria estará dedicado especialmente a guardar los despojos de los próceres y hombre ilustres dominicanos para que descansen en un ambiente religioso.
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