SANTO DOMINGO.- El Banco Central instruyó este domingo a los Operadores de Redes de Terminales de Puntos de Venta al Retiro (TPOS) que este tipo de pago debe hacerse exclusivamente en pesos dominicanos, y en las denominaciones en circulación, que es la única de curso legal con plenos efectos liberatorios para todas las obligaciones públicas y privadas, en todo el territorio nacional.
Para acatar esta instrucción del órgano responsable de regular el sistema bancario y monetario del país, los bancos y otros tipos de negocios, tienen un plazo no mayor de 90 días, a partir de la circular No. 12118, del 25 de agosto de este año.
El Banco Central explica que la moneda nacional, tal como está definida en la Constitución de la República, es la única de curso legal con plenos efectos liberatorios en el país.
“Como puede apreciarse, la medida del Banco Central está dirigida a que los pagos a través de las Terminales de Puntos de Ventas (TPOS) se realicen en Pesos Dominicanos (RD$), tomando como referencia la tasa de cambio del día en aquellos casos en que el precio del bien o servicio esté referenciado o fijado en una moneda extranjera, lo que, en otras palabras, representa la libre convertibilidad y condiciones de libre mercado de divisas”, expone claramente el organismo bancario dominicano.
Un comunicado del Banco Central detalla que en los últimos años, en el país se ha incrementado el uso de TPOS exclusivas para pagos en moneda extranjera en una gran variedad de proveedores de bienes y servicios, tales como tiendas, universidades, colegios, profesionales independientes, clínicas, compañías de seguros, inmobiliarias, restaurantes, clubes, agencias de viaje, entre otros.
Indicó que este hecho, ha dado la situación de que dichos proveedores exigían a sus clientes que los pagos con tarjetas bancarias sean efectuados exclusivamente en moneda extranjera, limitando así los derechos del consumidor a pagar en la moneda nacional de curso legal.
Asimismo, asegura el Banco Central que la facturación en moneda extranjera al tarjetahabiente por parte del banco emisor local genera demandas adicionales de dicha moneda, como resultado del canje de pesos por divisas, y podría afectar las fluctuaciones normales en el mercado cambiario.
El Banco Central dijo “en el interés de mantener debidamente edificados a los agentes económicos y al público en general, y con la finalidad de evitar interpretaciones no apegadas al espíritu y contenido de la Circular No. 12118 del 25 de agosto de 2016, dirigida a las empresas operadoras de redes de terminales de puntos de venta (CardNet, Visanet y Servicios Digitales Popular/Azul), relativa al uso de Terminales de Puntos de Venta (TPOS, conocidos popularmente como Veriphones) exclusivas para pagos en moneda extranjera; considera pertinente expresar esa Circular es producto de un seguimiento del comportamiento de los sistemas de pagos y no tiene por qué interferir en el normal funcionamiento del mercado de divisas”.
La entidad bancaria lamenta que algunos sectores se sientan preocupados con esta medida, que al contrario de perjudicar a los agentes económicos y a los usuarios de tarjetas bancarias, los beneficia, en especial al sector turístico, y está en total consonancia con lo establecido en la Constitución y la Ley Monetaria y Financiera.
Indicó que, el sector turístico podrá continuar realizando, como hasta ahora lo ha venido haciendo, sus operaciones con tarjetas bancarias emitidas en moneda extranjera o nacional, así como en efectivo en divisas.
“En este caso, deberá señalar en el recibo correspondiente la tasa de cambio utilizada para realizar la transacción, como se efectúa en cualquier lugar del mundo. El Banco Central considera que de esta forma se contribuye a la transparencia de las operaciones del comercio en general”, sostuvo.
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