SANTO DOMINGO.-El 25 de noviembre de 1960, agentes del temible Servicio de Inteligencia Militar (SIM) asesinaron las hermanas Minerva, Patria y María Teresa Mirabal, y al chofer Rufino de la Cruz Lora.
Las tres damas habían ido con el señor Rufino de la Cruz Lora a Puerto Plata a ver a sus esposos que estaban presos en la cárcel San Felipe, de Puerto Plata, por su lucha contra la tiranía del dictador Rafael Leonidas Trujillo.
En el viaje de regreso, en la carretera La Cumbre-Tamboril, en la comunidad Pedro García, fueron detenidas junto al chofer. El grupo fue torturado y masacrado a palos y luego los asesinos lanzaron el vehículo por un precipicio para simular un accidente.
Los cadáveres fueron localizados por campesinos de la comunidad. La primera versión que dio la dictadura es que murieron en un accidente de tránsito.
Sin embargo, las lesiones que dejaron los asesinos en los cuerpos echaron esa versión por el suelo.
Patria Mirabal Reyes, había nacido el 24 de febrero de 1924; Minerva, el 12 de marzo de 1927 y María Teresa, el 15 de octubre de 1935. Fueron sus padres Enrique Mirabal Fernández y Mercedes Reyes de Mirabal.
Minerva Mirabal, se graduó en el año 1952, de doctora en derecho de la Universidad de Santo Domingo. Desde muy joven fue una opositora a la tiranía; posición que fortaleció luego que contrajo matrimonio con el abogado Manuel Aurelio –Manolo- Tavarez Justo, el 30 de noviembre de 1955.
Procrearon a Minú Tavárez Mirabal y a Manuel Tavárez Mirabal.
Manolo Tavárez había sido detenido en 1960 porque era el líder del movimiento clandestino 14 de junio.
Patria, quien estuvo en prisión en varias ocasiones, casó con Pedro González Cruz, el 26 de febrero de 1941 y María Teresa, con Leandro Guzmán el día 14 de febrero de 1958.
Al igual que Manolo Tavárez Justo, Pedro González Cruz y Leandro Guzmán, fueron apresados en el año 1960.
Una de las versiones más socorridas da cuenta de que la orden de asesinar a las hermanas Mirabal fue impartida por el jefe del Servicio de Inteligencia Militar (SIM), Víctor Alicinio Peña Rivera.
El hecho causó indignación en el país y fue determinante para la caída de la dictadura de Trujillo.
Fueron juzgados por crimen de asesinato: Ciriaco de la Rosa Luciano, Manuel Alfonso Cruz Valerio, Emilio Estrada Malleta, Ramón Emilio Rojas Lora y Néstor Antonio Pérez Terrero. Como coautores del crimen de complicidad en dicho asesinato: Cándido Torres Tejada (a) Candito (en contumacia) y Víctor Alicinio Peña Rivera. Por crimen de asociación de malhechores, junto a los antes mencionados: Sindito Almonte, Silvio Antonio Gómez Santana, Viterbo Álvarez (a) Pechito, Pedro Peña Ortíz y David Enrique Olivero Segura.
Fueron condenados a penas de 30 años de trabajos públicos (prisión) tres de los autores materiales de crimen: Manuel Alfonso Cruz Valerio, Emilio Estrada Malleta, Ramón Emilio Rojas Lora. Ciriaco de la Rosa Luciano, también autor material, a 20 años de trabajos públicos, aplicando como atenuante su colaboración en el esclarecimiento del crimen. A Néstor Antonio Pérez Terrero se le varió la calificación a cómplice del crimen, condenándosele, junto a Cándido Torres Tejada y Víctor Alicinio Peña Rivera, a 20 años de trabajos públicos. El resto de acusados de asociación de malhechores fueron condenados a penas de 5 y 3 años de trabajos públicos.
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