martes, 28 de marzo de 2017

VIDEO Conoce tus derechos como empleado.

El hecho de que conozcas tus derechos te previene de injusticias y permite un mayor ordenamiento social.

En el plano laboral, en la República Dominicana existe la Ley No 16-92 que crea el Código de Trabajo. Esta sustenta los lineamientos que regulan la relación entre el sector empleador y la población trabajadora. Además, vela porque las normas del derecho de trabajo se sujeten a sus fines esenciales, que son el bienestar humano y la justicia social.
Federico Gomera, coordinador del sistema de inspección del Ministerio De Trabajo, explicó a Z Digital los principales derechos que tienen los empleados en el país.
El primer derecho que resaltó Gomera fue que el trabajador debe recibir un salario por el trabajo realizado, este dependerá del tipo de empresa, las horas trabajadas y otros factores.
La inscripción en el Sistema Nacional de Seguro Social, por parte del empleador, es otro de los derechos esenciales. Este contiene tres aspectos, que son: Riesgos Laborales, el Seguro Familiar de Salud, y AFP. 
Los empleados dominicanos tienen derecho a lo que se conoce como “regalía” que se otorga en el mes de diciembre, y que constituye la doceava parte del salario que es descontado durante todo el año.
"Ese dinero que se le otorga en navidad no es un regalo de la empresa, es algo que todos los meses se le descuenta y en diciembre se le da", aclaró Gomera.
Las empresas tienen la obligación de distribuir el 10 por ciento de las ganancias que recaudaron durante el año entre todos los empleados, o 45 días de salario en caso de que tengan menos de tres años.
El inspector indica que todo empleado tiene derecho a un descanso diario y semanal. Por cada cuatro horas que se trabaje debe tener mínimo una hora de descanso, y las horas extras que trabaje debe pagarse por separado.
La vacaciones, luego de un año de labores ininterrumpidas, constituye otros de los derechos del trabajador.
Consiste en siete días laborables libres, los cuales deben ser pagados. Específica que en el caso de que el empleado tenga menos de un año le corresponde una indemnización de siete días de trabajos pagos, esto se puede cumplir en caso de que el contrato de trabajo haya sido indefinido.
Gomera invitó a los trabajadores a que denuncien cualquier violación a  uno de estos derechos, a través del Ministerio de Trabajo.
Indica que puede hacerlo vía telefónica  o a través del portal web del Ministerio de Trabajo, sin necesidad de tener que identificarse, solo ofreciendo detalles de la empresa y de lo que está sucediendo.

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