El empresario del transporte Blas Peralta recurrió en casación por ante la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia la decisión que ratificó la condena de 30 años de prisión que le fue impuesta por el asesinato del exrector de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Mateo Aquino Febrillet.
El recurso fue presentado por Peralta, por ante la Secretaría General de la Suprema Corte, a través del abogado Miguel Valerio Jiminián, donde pide acoger la excusa legal de la provocación en virtud de lo establecido en los artículos 321 y 326 del Código Penal Dominicano y condenarlo al cumplimiento de una pena privativa de libertad de dos años.
Solicita aplicar la excusa de la provocación a la tentativa de asesinato en perjuicio de los señores Omar Enriquillo Sosa Méndez, Rosa Elaine Mañaná Fernández, Joel Antonio Soriano Ramírez y Eduar Montás Lorenzo, por haber sido una sola conducta la causa objetiva de las condenaciones. Asimismo, solicita al tribunal variar la calificación jurídica de asesinato a homicidio voluntario, por no configurarse las agravantes de premeditación o asechanza, por lo que en consecuencia pide condenar a Peralta al cumplimiento de la pena establecida para homicidio voluntario tipificado en el artículo 296 del Código Penal. Pide al tribunal condenar a Peralta al pago de un millón de pesos en favor de cada uno de los familiares de Aquino Febrillet y de los querellantes.
El recurso de casación fue presentado en contra de la sentencia dictada por los jueces de la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que ratificó la condena dictada por los jueces del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
En esa misma sentencia, el tribunal presidido por Doris Pujols e integrado por Indira Montás Pimentel y Rafael Báez García, ratificó las condenas de los cómplices.
El recurso fue presentado por Peralta, por ante la Secretaría General de la Suprema Corte, a través del abogado Miguel Valerio Jiminián, donde pide acoger la excusa legal de la provocación en virtud de lo establecido en los artículos 321 y 326 del Código Penal Dominicano y condenarlo al cumplimiento de una pena privativa de libertad de dos años.
Solicita aplicar la excusa de la provocación a la tentativa de asesinato en perjuicio de los señores Omar Enriquillo Sosa Méndez, Rosa Elaine Mañaná Fernández, Joel Antonio Soriano Ramírez y Eduar Montás Lorenzo, por haber sido una sola conducta la causa objetiva de las condenaciones. Asimismo, solicita al tribunal variar la calificación jurídica de asesinato a homicidio voluntario, por no configurarse las agravantes de premeditación o asechanza, por lo que en consecuencia pide condenar a Peralta al cumplimiento de la pena establecida para homicidio voluntario tipificado en el artículo 296 del Código Penal. Pide al tribunal condenar a Peralta al pago de un millón de pesos en favor de cada uno de los familiares de Aquino Febrillet y de los querellantes.
El recurso de casación fue presentado en contra de la sentencia dictada por los jueces de la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que ratificó la condena dictada por los jueces del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
En esa misma sentencia, el tribunal presidido por Doris Pujols e integrado por Indira Montás Pimentel y Rafael Báez García, ratificó las condenas de los cómplices.
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