Elvin Roberto Rodgers Rodríguez, mayor del Ejército acusado de presuntamente suministrar armas a la banda que encabezaba John Percival Matos, solicitó al Poder Judicial a través de su abogado Geovanny Martínez, la suspensión provisional del juez José Alejandro Vargas para la función de titular en la coordinador de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional, así como la de magistrado en la Oficina de Atención Permanente.
La instancia es porque se presume que el juez firmó una resolución con el fin de allanar la residencia del mayor Rodgers, pero dicho allanamiento había sido ejecutado antes de ser autorizado, por un Abogado I de la Fiscalía del Distrito Nacional.
Dentro de las solicitudes, se pide regular o corregir la forma y las circunstancias de la Auto-designación para conocer de procesos, debido a que pese a la existencia de jueces designados para esas funciones, este magistrado las realiza.
Dentro de las solicitudes, se pide regular o corregir la forma y las circunstancias de la Auto-designación para conocer de procesos, debido a que pese a la existencia de jueces designados para esas funciones, este magistrado las realiza.
Según establece el artículo 78.6 del Código Procesal Penal, el juez que haya conocido una instancia con anterioridad, debe inhibirse, en razón a que dicho artículo refiere a que el haber intervenido, a cualquier titulo, o en otra función o calidad o en otra instancia en relación a la misma causa;
Se recuerda que el juez José Alejandro Vargas, además de haber firmado la orden de allanamiento, se auto designo para conocer la medida de coerción, infringiendo en la violación al literal 6 del artículo 78.6 del Código Procesal Penal.
Se recuerda que el juez José Alejandro Vargas, además de haber firmado la orden de allanamiento, se auto designo para conocer la medida de coerción, infringiendo en la violación al literal 6 del artículo 78.6 del Código Procesal Penal.
Geovanny Martínez, abogado del imputado, entiende que ese allanamiento se hizo de manera ilegal y arbitraria porque fue realizado sin una orden debidamente acreditada.
“De acuerdo al artículo 10 de la resolución 17-33/2005, la Oficina de Atención Permanente trabaja dos turnos, el primero de 7:30 de la mañana a 3:30 de la tarde, y un segundo, de 3:30 de la tarde a 11:00 de la noche”, lo que no se con padece con las certificaciones expedidas por las secretarias de dicha oficina Judicial, las cuales dicen lo contrario explica el jurista.
Señala que la orden judicial de allanamiento aparece firmada por el magistrado Alejandro Vargas el día 4 de enero del 2017, a las 1:30 de la madruga, “quedando evidenciado que ese tribunal no trabajaba a esa hora”, mediante tres certificaciones expedida por tres (3) secretaria que así lo confirman.
Elvin Rodgers fue apresado el 4 de enero del año 2017, guarda prisión preventiva la cárcel El Polvorín de Villa.
La Audiencia para el conocimiento del Juicio de fondo, contra todos los vinculados a la presunta banda está fijada para el próximo 25 de abril, en el Segundo tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Distrito Nacional, a las 9:00 de la mañana.
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