lunes, 6 de mayo de 2019

PREGÚNTELE AL CÓNSUL Qué hago si soy rechazado bajo la sección 221G

  • Qué hago si soy rechazado bajo la sección 221G
Al final de su entrevista de visa de inmigrante, a algunos solicitantes no se les puede aprobar una visa bajo la Sección 221(G) de la Ley de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos. Esto sucede porque los solicitantes no vienen preparados con todos los documentos requeridos para su entrevista. Otras veces es porque el oficial consular necesita más información.
En cualquier caso, ¡no hay razón para preocuparse! Nosotros en la Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos en Santo Domingo intentamos hacer el proceso más fácil brindándole una hoja que enumera los documentos o la información que debe proporcionar para continuar con el proceso de visa de inmigrante y cómo hacerlo. En la mayoría de los casos, no necesita hacer una nueva cita. Simplemente deposite los documentos solicitados en el Centro de Atención de Visas en Galería 360 o en cualquier sucursal de Mailboxes Etc.  Recuerde enviar todos los documentos solicitados – si le falta alguno, se le solicitará antes que un oficial revise su solicitud.
Para evitar ser rechazado bajo la Sección 221G y ahorrar tiempo, solo asegúrese de venir preparado a su entrevista de visa de inmigrante con toda la documentación requerida. Recuerde, ¡su solicitud es su responsabilidad!  Para más información, visite nuestras páginas do.usembassy.gov y passports.state.gov. Síganos en Facebook, @EmbajadaUSASantoDomingo, e Instagram y Twitter, @EmbajadaUSAenRD. #TuSolicitudTuResponsibilidad.FUENTE LISTIN DIARIO

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