El Tribunal Constitucional ordenó a la Policía Nacional la reintegración de un coronel que fue puesto en retiro forzoso por presuntamente haber permitido que personal militar a su cargo extorsionara a un ciudadano para que le entregara dinero producto de una supuesta venta de sustancias prohibidas.
El TC acogió una acción de amparo interpuesta por Pedro Antonio Cuevas Valenzuela, y ordenó a la Policía que lo reponga en el rango de coronel que ostentaba al momento de su separación, y le pague los salarios dejados de percibir. Cuevas Valenzuela fue puesto en retiro de manera forzosa con pensión, por antigüedad en el servicio, el 21 de noviembre de 2016.
El TC dispuso la ejecución del fallo en un plazo no mayo de 30 días a partir de la notificación de la sentencia TC-331/19, emitida el 15 de agosto del 2019.
Impuso el pago de un astreinte de mil pesos por cada día de retardo en que incurra la Policía Nacional en el cumplimiento de la decisión, a favor del accionante.
“Ante la ausencia de un procedimiento disciplinario conforme a las disposiciones de la Constitución y de la Ley núm. 590-16, y la falta de los requisitos exigidos por la Ley Orgánica de la Policía Nacional, en relación con la edad y el tiempo de servicios para realizar el retiro forzoso por antigüedad en el servicio, tanto la investigación realizada como la imposición de la sanción en perjuicio de Pedro Antonio Cuevas Valenzuela constituyen una actuación arbitraria de la Policía Nacional que lesionan su derecho de defensa, del debido proceso y consecuentemente, su derecho al trabajo”, estableció el TC.
El TC revocó la sentencia núm. 030-2017-SSEN-00032, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) el 25 de abril de 2017, que rechazó la acción de amparo sometida por el coronel retirado.
Aunque la decisión fue aprobada por la mayoría requerida de 9 votos, contó con la disidencia de los magistrados Milton Ray Guevara, presidente del órgano constitucional, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, y Justo Pedro Castellanos Khoury, así como el voto salvado de la magistrada Katia Miguelina Jiménez Martínez.
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