Tribunal Constitucional (TC) anuló varios artículos Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, incluyendo el 25 numeral 12 que prohíbe a partidos ir aliados en primer proceso electoral.
Acogió la acción directa de inconstitucionalidad presentado por partidos emergentes.
Los accionantes son los partidos Alianza País (ALPAIS), Partido Humanista Dominicano (PHD), Partido Dominicano por el Cambio (DXC), Frente Amplio (FA), Fuerza Nacional Progresista (FNP), Alianza por la Democracia (APD), Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD)y Opción Democrática (OD) y señora Soraya Aquino, mediante su acción de inconstitucionalidad presentada el11 de octubre de 2018.
El numeral 12 del artículo 25 prohíbe a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos “concurrir aliados en el primer proceso electoral ante el cual se presentan, debiendo entonces postular candidaturas propias en ese certamen, de cualquier nivel que se trate”.
También declaró no conforme con la Constitución el artículo 43, los numerales 4,6 y 7 del artículo 44 y el párrafo 3 de ese artículo, así como el numeral 3 del artículo 49 de esa legislación que fue aprobada el 13 de agosto de 2018.
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