Son incontables las familias que no tienen los recursos necesarios para pagar el inicial que exigen las empresas constructoras de viviendas cuando van a comprar una casa. Y no son pocos los que necesitan del bono habitacional que otorga el Gobierno dominicano a las familias o personas que quieren comprar su primera casa, aunque la mayoría sí desconoce cómo obtenerlo.
El bono habitacional es una proporción del monto de una vivienda en construcción o ya construida a la cual se le reduce el gasto que ha hecho el constructor en la compra de materiales por los que ha pagado el Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados (ITBIS), con lo que para el adquiriente se abarata el costo, porque ya esos materiales han sido liberados del pago de impuestos. Se trata de un incentivo gubernamental amparado en la Ley 189-11, para facilitar que las familias de bajos ingresos puedan comprar una casa económica.
Cubre viviendas hasta RD$3.5 millones
Para una mayor facilidad para las familias dominicanas el actual Gobierno aumentó el tope de lo que se considera una vivienda de bajo costo o económica. Antes, una casa económica estaba valorada hasta los RD$2.6 millones y con la nueva Ley 195-19, promulgada por el presidente Danilo Medina se considera vivienda de bajo costo a una edificación de hasta RD$3.5 millones.
Pero no solo eso, los adquirientes nuevos que califican para el bono habitacional solo tienen que acercarse a las constructoras o, si la vivienda no es nueva y necesita de un préstamo hipotecario, a las entidades financieras como son bancos o Asociaciones de Ahorros y Préstamos. El bono habitacional es otorgado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a través de la figura de fideicomiso. A las empresas constructoras se les reconoce el gasto en ITBIS para que estas lo apliquen al valor del inicial de la vivienda o del capital del préstamo, cuyo desembolso hará cuando la casa esté construida en un 80 %.
El bono habitacional equivale al 8 % del valor total de la vivienda
Adicionalmente, el Gobierno ha ordenado que los bancos y las asociaciones que negocian préstamos hipotecarios con adquirientes de primera vivienda eliminen el cobro del impuesto de transferencia del título establecido en un 3% del valor del inmueble, el cual generalmente estas entidades incluyen en los contratos de compra y los aplican al comprador.
Esto quiere decir que los que están interesados y logran un bono habitacional pueden obtener un ahorro de un 11% del precio total de la vivienda, previo a presentar una certificación de no propiedad en la Dirección Nacional de Catastro, copia de cédula o pasaporte y hacer la solicitud mediante la fiduciaria.
Aplica para los dominicanos en el exterior
Los dominicanos residentes en el exterior también solicitar un bono habitacional para que les rebajen el ITBIS aplicado a los materiales en la construcción de una casa económica, como también reclamar a la fiduciaria del banco o a la Asociación de Ahorros y Préstamos con la cual negocia que se le elimine el pago del 3 % de impuesto de la transferencia del inmueble. Así como los gastos legales de cierre, siempre que sea una primera vivienda.
¿Qué deben hacer los adquirientes de una primera casa económica en RD?- presentar una declaración jurada en la que indiquen el lugar de su residencia del comprador, apostilla o notariada por el consulado dominicano del país donde reside, según explica la DGII.
Además, se debe indicar el domicilio permanente que indique no recibe ingresos de fuente dominicana y los datos del pariente al que dejará viviendo en la casa.
Actualmente, con el bono habitacional se han beneficiado más de 8 millones de dominicanos y la DGII contabiliza que ha compensado más de RD$1,108.3 millones para las personas beneficiarias.
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