El Tribunal Constitucional dejó en estado de fallo y declaró de urgencia la acción interpuesta en contra de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, y de la Ley Orgánica de Régimen Electoral no. 15-19.
El accionante de este expediente es Santo Hilario Cedano, exprecandidato a diputado por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), quién busca que se declare inconstitucional los artículos 49, numeral 4, y el 134 de ambas leyes.
Ambos reglamentos prohíben que candidatos de un partido se presenten como candidatos por otras organizaciones políticas tras participar en un proceso electoral interno previamente, el denominado “transfuguismo político”.
“Representamos al PLD, que intervino voluntariamente, para sostener la plena constitucionalidad de las disposiciones de la Ley Electoral y la Ley de Partidos que prohíbe el transfuguismo, y esto en base de que con la prohibición del transfuguismo se busca mantener la estabilidad de los partidos”, declaró Eduardo Jorge Prats, uno de los intervinientes voluntarios del PLD.
Añadió que si una persona participó en un proceso electoral y perdió, ya ejerció su derecho a ser elegido, y que por eso la ley que le impide a candidatearse por otro partido es “plenamente constitucional”.
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