miércoles, 10 de noviembre de 2021

Poder Ejecutivo emite decreto que crea fideicomiso para la transformación de la PN Las partes del fideicomiso serán el FTPN, el Estado Dominicano, que actuará a través del ministerio de Interior y Policía y la Fiduciaria Reservas S.A.

 

  • Poder Ejecutivo emite decreto que crea fideicomiso para la transformación de la PN

    Policía Nacional, foto de archivo. / Listín

Redacción Digital
Santo Domingo, RD

El Poder Ejecutivo emitió el decreto 729-21 que dispone la constitución del Fideicomiso para la Transformación y Profesionalización de la Policía Nacional (FTPN).

El decreto, además de crear el fideicomiso, tendrá por objeto la “gestión, captación, administración y operación de los recursos” que fueren aportados al patrimonio fideicomitido por parte de los fideicomitentes y tendrá una duración de 30 años a partir de la fecha de suscripción del contrato constitutivo.

Según el decreto, en su artículo 2, el FTPN tendrá como fines “fundamentales” la administración de procesos de compras y contrataciones requeridos para la adquisición de bienes y servicios; diseñar, formular y gestionar programas de modernización, desarrollo y diversificación de los servicios de la Policía Nacional; fungir como una herramienta de promoción de alianzas público-privadas y contribuir al fortalecimiento de una “cultura de transparencia y eficiencia” en cuanto al uso de los recursos.

Las partes del fideicomiso serán el FTPN, el Estado Dominicano, que actuará a través del Ministerio de Interior y Policía y la Fiduciaria Reservas S.A.

En lo que respecta al Comité Técnico del Fideicomiso, estará integrado por el ministro de Interior y Policía, en calidad de presidente y el ministro de la Presidencia, como vicepresidente.

Estos miembros participarán con voz y voto y desempeñarán sus cargos de manera honorífica.

Asimismo, estipula que el FTPN “aprobará los actos que se requieran para el cumplimiento del objeto y los fines del Fideicomiso FTPN, de acuerdo con las disposiciones del contrato constitutivo del fideicomiso y el marco legal vigente aplicable”.

Sobre esto, el artículo 9 otorga un “poder especial” al ministerio de Interior y Policía para realizar “todos los activos necesarios en los términos de las disposiciones legales para constituir el Fideicomiso FTPN”.

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