Una de las audiencias del sonado caso de sobornos Odebrecht.
Santo Domingo.- El Ministerio Público apeló la sentencia que condena al ingeniero Víctor Díaz Rúa a 5 años de cárcel y al pago de 200 salarios mínimos por lavado de activos en el caso Odebrecht al vencerse este martes a las 12:00 de la noche el plazo que otorga la ley a las partes para los fines.
El órgano persecutor hizo la apelación por ante la Corte de Apelación del Distrito Nacional y solicitó una condena de 10 años para el exministro de Obras Públicas.
La Dirección de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) también apeló el descargo que hizo el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional al abogado Conrado Pittalugar y solicitó siete años de prisión.
En cuanto a los demás imputados del caso Odebrecht que fueron descargados por el Primer Tribunal Colegiado, el Ministerio Público no recurrió la sentencia, por lo que queda confirmado el descargo.
Mientras, la defensa del ingeniero Víctor Díaz Rúa se disponía cercano cano este mediodía a apelar por ante el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional la sentencia que lo condena a cinco años de cárcel y al pago de 200 salarios mínimos por lavado de activos en el caso Odebrecht.
Díaz Rúa fue descargado por el caso Odebrecht, pero condenado a cinco años de cárcel y al pago de 200 salarios mínimos por lavado de activos y enriquecimiento ilícito.
La defensa de Díaz Rúa, compuesta por Miguel Valerio, Ramón Núñez, Pedro Balbuena y Laura Rodríguez, se aprestaba a depositar el recurso ante el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
Justificaron la apelación en que no procede la condena por lavado de activos sin un delito previo comprobado en la sentencia que contra su cliente dictaron las juezas Gisselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo.
Dijeron que, cómo es posible que el ingeniero Díaz Rúa haya sido condenado por lavado de activos si fue absuelto por el caso de los 92 millones de dólares en sobornos que Odebrecht confesó haber pagado en República Dominicana a cambio de asignaciones de obras del Estado.
Miguel Valerio recordó que desde el inicio del caso dijo que no se iba a demostrar el delito de soborno contra su cliente y que así ocurrió, por lo que a su entender resulta inexplicable que lo sentenciaran por lavado de activos.
“Si no se prueba que al patrimonio del ingeniero Víctor Díaz Rúa entró dinero por sobornos, ¿cómo es posible de que se hable de lavado de activos o enriquecimiento ilícito?”, se preguntó Valerio, por lo que espera que la sentencia sea anulada y su defendido absuelto de todos los cargos penales.
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