El Tribunal Constitucional anuló el artículo 2 del decreto 392-16 que ordenó la suspensión inmediata de las operaciones de venta o reventa de inmuebles en el sector Los Tres Brazos, del Distrito Nacional, a raíz de denuncias de irregularidades.
El Constitucional declaró “no conforme con la Constitución de la República” el texto del decreto emitido por entonces presidente Danilo Medina, el 28 de diciembre de 2016.
Estableció que los artículos 4, 6, 51.1, 73, y 149.I de la Constitución dominicana, que conciernen al principio de separación de los poderes, la supremacía de la Constitución, el derecho de propiedad, la nulidad de los actos que subviertan el orden constitucional, y las funciones del Poder Judicial.
“Esto, sin desmedro de las decisiones a intervenir relativas al fondo de este conflicto, del que se encuentran apoderadas las jurisdicciones penal e inmobiliaria”, precisa el TC en la parte final del dispositivo segundo de la sentencia.
El dispositivo de la decisión fue publicado en el comunicado 64/21, en el cual consta que contiene votos particulares.
La acción de inconstitucionalidad fue conocida en audiencia pública el 27 de abril 2018, en la cual quedó en estado de fallo.
El TC acogió una acción directa de inconstitucionalidad presentada por la sociedad comercial Inversiones Fernández Parache & Asociados, S. R. L. (INFEPA), en contra del artículo 2 del decreto.
La Alta Corte ordenó que la decisión sea notificada, por secretaría, a la empresa accionante, a la Presidencia de la República, a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y a la Procuraduría General de la República y que sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional.
“En virtud de las razones expuestas en la parte considerativa de este decreto, se ordena la suspensión inmediata de toda operación de venta o reventa de los inmuebles ubicados en el sector de Los Tres Brazos, así como de todo proceso de desalojo contra los actuales ocupantes de dichos terrenos”, dispuso el artículo 2 del decreto anulado por el TC.
En las motivaciones, el decreto destaca que el Poder Ejecutivo ha puesto especial atención a las denuncias y los reclamos de diferentes sectores de la sociedad sobre las ventas de terrenos por parte de la Corporación de Empresas Estatales (CORDE) a la empresa Inversiones Fernández Parache & Asociados S.A. (INFEPA), entidad que impugnó ante el TC el acto presidencial.
El gobierno pasado justificó la medida también en que la Consultoría Jurídica determinó que las ventas no cumplieron con las disposiciones de la constitución y de la ley 141-97, general de reforma de la empresa pública, principalmente a la exigencia de procesos de licitación pública para la enajenación de bienes del Estado, y a la necesidad de someterlas a la aprobación del Congreso Nacional.
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