jueves, 23 de febrero de 2023

Artículo conflictivo será retirado de proyecto de ley

 

  • Artículo conflictivo  será retirado de proyecto de ley
Santo Domingo, RD

Al proyecto de ley que crea el sistema integral para prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra la mujer, le sería retirado un artículo en la siguiente legislatura para que la pieza pueda seguir su curso de estudio en el Senado de la República.

El proyecto, reintroducido por el senador Félix Bautista el pasado mes de enero, le sería retirado el artículo 36 sobre “Obligaciones de la Dirección General de Migración”, punto que ha sido cuestionado por algunos sectores.

El referido artículo establece que “La Dirección General de Migración no deportará a las mujeres migrantes ilegales que denuncien o requieran de la atención integral frente a actos de violencia en su contra por su condición de género mientras dure el proceso”. Ese texto, según comentó el legislador a este medio, sería propuesto en la siguiente legislatura para removerlo del proyecto, decisión que debe ser tomada por el pleno del Senado.

Al haberse terminado la legislatura extraordinaria el pasado 15 de febrero, la moción para retirar el artículo sería depositada y conocida a partir del próximo 27 de febrero y ya sería el pleno de senadores que decidirá si decide acoger la modificación.

Poder Ejecutivo

Desde el Poder Ejecutivo presentaron también una pieza legislativa similar, la cual contiene a su vez un artículo que igualmente fue observado por entes de la sociedad civil.

Sin embargo, desde la Consultoría del Poder Ejecutivo no ha habido respuesta alguna sobre la modificación o retiro de la pieza presentada.

El artículo referido previamente es el número 77, letra D, el cual establece: “Que las mujeres extranjeras y migrantes y sus familiares a cargo no sean deportados como consecuencia de la realización de la denuncia, aunque se encuentren en situación migratoria irregular”.

Las dos piezas aún se mantienen en proceso de estudio dentro del Senado de la República, por lo que pueden sufrir modificaciones.

El artículo 42 de la Constitución, numeral 2, establece la condena contra la violencia intrafamiliar y de género, al tiempo que manda a la creación de una ley para adoptar “medidas necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer”.

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