domingo, 4 de febrero de 2024

Faltan 14 días: Camino hacia elecciones municipales casi llega a su final Con la cuenta regresiva acercándose a su final los partidos se han lanzado a las calles con sus principales líderes y candidatos en búsqueda de movilizar sus simpatizantes y concretizar ese apoyo en votos

El 18 de febrero el año 2024 se celebrarán en el país las elecciones municipales y el 19 de mayo las legislativas y presidenciales.

El 18 de febrero el año 2024 se celebrarán en el país las elecciones municipales.                                      estan exactamente dos semanas para que a las siete de la mañana del próximo domingo 18 de febrero los más de ocho millones de dominicanos se dirijan a las urnas para escoger los 2,292 cargos electivos pautados a ser escogidos durante las elecciones municipales.n la cuenta regresiva acercándose a su final y unas 158 alcaldías, 1,164 regidurías, 235 direcciones municipales y 735 vocales pautadas a disputarse en ese torneo electoral, los partidos se han lanzado a las calles con sus principales líderes y candidatos en búsqueda de movilizar a sus simpatizantes y concretizar ese apoyo en votos.Solo el sábado (ayer), el presidente Luis Abinader y la maquinaria del Partido Revolucionario Moderno (PRM) se movilizaron en Santiago y Puerto Plata; de su lado, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) con Abel Martínez y el expresidente Danilo Medina estuvieron en La Vega; Luis Alberto encabezó una marcha en Santo Domingo Este, donde busca la alcaldía por el partido morado. Al mismo tiempo que el candidato presidencial de la Fuerza del Pueblo Leonel Fernández participó en múltiples actos en la región sur.

CASI EN LA RECTA FINAL DE LAS MUNICIPALES 2024

De acuerdo a lo que señala el artículo 177 de la ley electoral, desde la medianoche del jueves 15 de febrero, debe cesar toda actividad de campaña electoral, incluso en los medios de comunicación, los cuales podrán transmitir su programación habitual, siempre que no se incluya en ella ninguna alusión relativa a proselitismo o promoción de partidos, agrupaciones o movimientos políticos o candidatos y candidatas admitidos.

Además de realizar actos de proselitismo, espectáculos públicos, ya sea en local abierto o cerrado, manifestaciones o reuniones públicas de carácter político, incitaciones, propaganda electoral por la prensa radial, televisiva, avisos, carteles, telones y otros medios similares.

Los alcaldes están estipulados a gastar durante su campaña electoral 87.50 pesos por cada habitante en su municipio; de acuerdo a esto, los candidatos al cabildo del Distrito Nacional pueden gastar hasta RD$ 80.3 millones. Al Distrito Nacional le sigue Santo Domingo Este, con RD$ 68.4 millones; Santiago de los Caballeros con RD$ 52.8 millones; Santo Domingo Norte, RD$ 30.4 millones, y Santo Domingo Oeste, con RD$ 25.8 millones.

También está La Vega con RD$ 15.9 millones; San Pedro de Macorís con poco más de RD$ 15 millones; San Cristóbal, RD$ 14.6 millones; San Francisco de Macorís RD$ 12.8 millones; Los Alcarrizos RD$ 12.5 millones; La Romana, RD$ 11.8 millones; Higüey RD$ 11.4 millones, y Puerto Plata con RD$ 10.6 millones.

JCE AVANZA CON ORGANIZACIÓN

Con el ojo público se encuentra enfocado en el pleno de la JCE, el órgano electoral ha seguido el curso con la organización de los comicios del domingo 18; el director nacional de elecciones, Mario Núñez indicó que ya la JCE recibió los materiales para armar el kit electoral (boletas, padrón, actas de votación, tinta, presillas, gomitas, bolígrafos y sellos, entre otros), por lo que se comenzará la línea de producción a partir de la próxima semana, proceso que debe durar unos ocho días.

De acuerdo con lo dicho por la ley, estos materiales deben de estar en los distintos recintos electorales a más tardar cinco días antes de la contienda.

Además, se encuentran en el proceso de impresión de las 17,870,650 boletas municipales en la editora Corripio, donde figuran las caras de 19,194 candidatos a las alcaldías, regidurías, distritales y vocalías, de distintos partidos políticos.

El total de boletas está dividido de la siguiente manera: 7,260,525 boletas de alcaldías que estarán en 164 artes, en un formato de 8.5 por 14. Para las boletas de las direcciones distritales habrá: 1,674,800 boletas, en 235 artes, en el mismo formato. Mientras que, para las regidurías estarán disponibles: 1,699,150 boletas, en formato 11 por 17, para 124 demarcaciones hasta con 10 regidores.Para las regidurías en 40 localidades con 19 regidores, incluidas circunscripciones electorales, habrá 5,571,375 boletas en formato superior a 12.25 por 23. También, para las vocalías estarán 1,674,800 boletas en 235 artes en formatos 11 por 17. El martes la JCE inició la impresión del padrón electoral con 8,105,151 electores.

¿Puede el presidente Luis Abinader realizar inauguraciones?

Mientras las caravanas y los mítines llevan la voz cantante y la titularidad de los medios de comunicación, el debate electoral se ha concentrado en si las inauguraciones oficiales del presidente Abinader son contrarias o no a lo dispuesto en la ley 20-23 sobre Régimen Electoral y su artículo número 210.

El párrafo VI del artículo 210 dice expresamente que “está prohibido durante los cuarenta (40) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios municipales y sesenta (60) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios presidenciales y congresuales, la realización de actos inaugurales de obras públicas por el Gobierno central y las alcaldías”.

Sin agregar ninguna delimitación adicional en ninguno de los párrafos subsiguientes.

Por un lado, el oficialismo señala que el presidente Abinader no está impedido de inaugurar las obras del gobierno central durante el periodo de campaña municipal, pues las limitaciones que le establece la ley electoral “están dispuestas para otra etapa”; la oposición

La oposición ha indicado que esa es una “interpretación errónea” de parte del partido de Gobierno con relación a lo establecido por la ley que regula el sistema electoral.

Aunque en un párrafo de un comunicado de prensa enviado por el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, este indica que la interpretación que él señala es concomitante con la del pleno de la Junta Central Electoral (JCE) hasta el momento, el órgano electoral no ha dado una respuesta oficial sobre cuál debe ser la interpretación correcta de dicha ley.

Mientras se espera ese comunicado oficial, la JCE en sus plazos legales a nivel municipal señala que el pasado día 9 de enero, 40 días antes de las elecciones municipales del 18 de febrero, es “la fecha límite para la realización de actos inaugurales de Gobierno y las alcaldías”.

A pesar de que el pleno no ha emitido declaraciones oficiales, el pasado 20 de enero, Rafael Vallejo Santelises informó, a través de una conversación con un medio de comunicación, que la ley 20-23 sobre Régimen Electoral no señala durante el proceso electoral municipal que los candidatos a puestos legislativos y la presidencia dejen de participar en actos de inauguraciones.

Tras ello, el PLD recusó a Vallejo Santelises por ofrecer “una interpretación individual” a las inauguraciones del Estado durante la campaña electoral; siendo la misma rechazada por el órgano electoral La decisión, contenida en la resolución 007-2024, señala que lo depositado por el PLD no tiene un “causal de recusación” por lo que fue rechazado por el pleno.

“El Pleno de la Junta Central Electoral ha realizado un análisis integral y exhaustivo de los términos de la recusación que ha sido depositada por el PLD en fecha 30 de enero de 2024, en contra de Rafael Armando Vallejo Santelises, miembro titular de la Junta Central Electoral y ha comprobado que respecto al indicado miembro titular, no se configura causal de recusación, toda vez que las palabras ofrecidas por el mismo, no constituyen un prejuzgamiento acerca de los términos de las denuncias que han sido depositadas ante este órgano por la referida organización política, cuyos méritos y fundamentos de las mismas, serán conocidos y decididos por el Pleno, oportunamente”, indica uno de los considerandos de la resolución.

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