viernes, 12 de abril de 2024

Ven sentencia al Ney Arias envía mensaje sobre protección derechos del pacientes

 Ven sentencia al Ney Arias envía mensaje sobre protección derechos del pacientes

Santo Domingo. – La sentencia de 10 millones de pesos a favor de un paciente que contrajo una bacteria en el hospital Ney Arias Lora, impactará en la protección de los derechos a los pacientes y la responsabilidad de los centros de salud.

El abogado especializado en derecho médico, Gilberto Objío Subero aseguró que la decisión de la Suprema Corte de Justicia deja un claro mensaje sobre la necesidad del entorno de atención médica seguro y de calidad.

Asimismo, refiere que en la sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) establecen precedentes importantes en términos de responsabilidad patrimonial de la administración y el deber de cuidado en el sector salud. 

El abogado especializado en derecho médico, Gilberto Objío Subero, trata sobre el impacto que tendrá la sentencia de la SCJ en la atención médica segura y de calidad
El abogado especializado en derecho médico, Gilberto Objío Subero, trata sobre el impacto que tendrá la sentencia de la SCJ en la atención médica segura y de calidad

Mencionó que enfatiza la consecuencia de una infección nosocomial. “Este deber no solo abarca la provisión de tratamientos médicos adecuados, sino también la garantía de un entorno seguro que prevenga riesgos adicionales para la salud, como son las infecciones nosocomiales”, precisó.

En una entrevista publicada por el portal www.resumendesalud.net, subrayó que la inacción o el incumplimiento de los protocolos de higiene y control de infecciones pueden tener consecuencias legales significativas para las instituciones de salud.

“En segundo lugar, la resolución judicial resalta la responsabilidad patrimonial de la administración. Este principio establece que las entidades públicas (y por extensión, los centros de salud públicos) deben compensar a los individuos por los daños causados por su funcionamiento o por su inacción”.

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Manifestó que la indemnización ordenada por la corte, que incluye tanto daños materiales como morales, así como el interés judicial sobre la suma indemnizatoria, refleja la aplicación de este principio.

“El rechazo de la defensa del hospital sobre la caducidad de la acción por presentarse fuera del plazo legal de dos años, basado en la ocurrencia de daños continuados que renuevan el plazo para recurrir, es un aspecto crucial de la sentencia”, precisó.

Aseguró que “este argumento del tribunal pone de manifiesto la interpretación flexible y orientada a la justicia de los plazos procesales, especialmente en casos donde los daños sufridos por la víctima son de naturaleza continuada”.

Precisó que la decisión de la SCJ en este caso sirve como un recordatorio y una advertencia a los centros de salud sobre la importancia de adoptar y seguir rigurosamente los protocolos de higiene y control de infecciones.

“La sentencia no solo busca compensar a la víctima por los daños sufridos sino también promover una mejora en las prácticas de salud pública, con el objetivo de prevenir futuros casos de infecciones nosocomiales”.

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