jueves, 19 de septiembre de 2024

Pide convocar comicios en alcaldía de La Vega

 Pide convocar comicios en alcaldía de La Vega

El abogado Cándido Simon

El jurista Cándido Simón advirtió hoy que el presidente Luis Abinader violaría la Constitución de la República, si escoge al sustituto del alcalde de La Vega,  nombrado hace poco como ministro de Deportes.

Simón dijo que  la facultad de elegir es un derecho general fundamental de la ciudadanía establecido en el artículo 22 inciso 1 de la Constitución de la República, por lo que en este caso lo que se impone es que la Junta Central Electoral (JCE) convoque a nuevas elecciones, para escoger dicho sustituto.

“Es de considerar que la facultad de elegir es un derecho general fundamental de la ciudadanía (artículo 22.1 constitucional), por lo que por lo tanto éste no puede ser suplantado por ningún poder, órgano ni organismo del Estado, a menos que la propia Constitución diga lo contrario, cosa que la actual no hace”, precisó Simón.

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Sostuvo que la JCE es el único órgano competente y en deber de convocar a elecciones municipales abiertas  para que los ciudadanos de La Vega elijan el sustituto del  Alcalde y la Vicealcaldesa de ese municipio para llenar el vacío institucional dejado por la renuncia de ambos incumbentes, no el presidente de la República.

Declaró que, en ocasión de la creación de la ley 176 de 2007 y por disposición de la Constitución  de 1966, reformada en parte en el año 1994 vigente en esa época, era competencia del presidente de la República nombrar los alcaldes y vicealcaldes de los municipios nuevos hasta el siguiente periodo electoral que los debía elegir el pueblo de la localidad correspondiente.

Precisó que, sin embargo, en la  reforma constitucional de 2010 esa atribución presidencial fue suprimida al ser sustituida de manera integral la del año 1966/1994, de manera implícita, debido a que las funciones constitucionales del Ejecutivo deben ser expresas y esa no se encuentra el catálogo del articulado de la norma constitucional actual.

“Es de considerar que elegir es un derecho de ciudadanía general fundamental (art. 22.1 constitucional), por lo tanto este no puede ser suplantado por ningún poder, órgano ni organismo del Estado, a menos que la propia Constitución diga lo contrario, cosa que la actual no hace”, recalcó Simón.

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