miércoles, 2 de octubre de 2024

Contrato de Ministerio de Defensa y Jochi Gómez comprometía la seguridad nacional

 

El Ministerio de Defensa firmó un contrato con empresa de Jochi Gómez.

El Ministerio de Defensa firmó un contrato con empresa de Jochi Gómez.LD                                                                         El Ministerio de Defensa (MIDE) suscribió un acuerdo de cooperación con la sociedad comercial AURIX, S.A.S el 23 de junio de 2020, durante el gobierno de Danilo Medina dos meses antes de asumir la presidencia Luis Abinader, en el que la empresa se comprometía a cooperar con entes estatales que operan la seguridad nacional y sistemas de emergencia, así como a guardar confidencialidad.

El acuerdo conjunto entre las partes, fue firmado por el ministro de Defensa de la época, el entonces teniente general Rubén Darío Paulino Sem, y el presidente de AURIX, José Ángel Gómez Canaán (Jochi), también vinculado al escándalo del contrato de Transcore Latam con el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).

El contenido del acuerdo subraya las responsabilidades que asumía la empresa presidida por Gómez frente al Estado, fungiendo como un “contratista” para la seguridad nacional, pudiendo prestar sus servicios dentro de los parámetros del contrato y bajo la supervisión del MIDE.

En las motivaciones del acuerdo indica que resultaba “oportuno” tener el acompañamiento de la compañía de capital privado, para que guiada por sus “principios éticos, formales y profesionales” pudiera suplir de la asistencia técnica.

“Que en interés de cuidar y resguardar la investigación, la integridad, la transparencia y el desarrollo económico sostenible, es oportuno tener el acompañamiento, auxilio y/o asistencia técnica de una empresa como lo es la agencia AURIX, para que ésta, bajo sus principios éticos, formales y profesionales, pueda suplir o pregonar sin más fronteras que las que fijan las leyes nacionales y el poder de la tecnología, de cooperaciones útiles y viables, a fin de prevenir, evita¡ o para de cualquier otra forma, impedir que fuentes extrañas atenten contra el Estado , Dominicano, así como la prevención cie siniestros de cualquier naturaleza que pudieren atentar en perjurio de la seguridad jurídica, la estabilidad económica y social de la República Dominicana”, cita el acuerdo.

El documento indica, además, que durante se mantuviera el estado de Emergencia Nacional, incidido por el Covid-19, la empresa AURIX se comprometía a suministrar en tiempo real cooperaciones relativas a los resultados de pruebas rápidas, a través de un sistema informático.

De manera puntual la empresa asumía 10 obligaciones, incluido entre estos implementación de un software de servicio factible, al que solo tendrían acceso ambas partes “de modo confidencial”, así como transferir información relevante y notificar de hallazgos cuando existiere una investigación.

En lo que corresponde al MIDE, este se comprometió a coordinar permisos y licencias necesarias de demás instituciones para las operaciones de AURIX en territorio nacional, proveer cooperación y disponer de sus capacidades humanas, militares e investigativas requeridas por la empresa dirigida por Jochi Gómez.

En el documento ambas partes se autorizaban para el uso de sus logos en sus respectivas instituciones.

Tiempo de vigencia

A partir de su firma, el acuerdo tendría una vigencia de dos años, renovable de forma automática una vez su vencimiento, aunque se indica que cualquiera de las partes estaba en la capacidad de ponerle termino de forma unilateral en fecha antes de la prevista a su finalización, con la condición de comunicarlo en un plazo no menor de 12 meses.

Esto pactado en el artículo cuarto, indica que esta cancelación “no alterará el desarrollo de los compromisos y acciones previamente acordadas. Las tareas que se estén llevando a cabo continuarán vigentes, siendo especificadas por escrito por Las Partes, hasta decisión en contrario”.

AURIX no quedaba exenta del pago de impuesto, siendo el único responsable del pago de los gravámenes sobre las sumas recibidas por servicios prestados.

En el documento se libera de responsabilidad laboral al MIDE sobre AURIX, quedando libre el ministerio de cualquier demanda laboral que ella o su personal, los subcontratistas, sus empleados y/o representantes intentaren en su contra, derivada del cumplimiento y ejecución del acuerdo.

Se incluye una cláusula de confidencialidad, con una vigencia hasta cinco años después de haber finalizado el contrato, sin importar la causa que haya dado termino, incluyendo en esto documentación, investigaciones, propuestas regulatorias, reportes, datos, especificaciones, software de computadoras, código fuente, código de objeto, graficas de flujo, bases de datos, cooperación y demostraciones prácticas.

“Por la cooperación Confidencial deberá entenderse, y sin que esta lista sea limitativa, estrategia de desarrollo, siniestros, planes, reuniones, data confidencial, planes estratégicos o cualquier otra cooperación confidencial que se relacione de cualquier manera a los requerimientos o solicitudes actuales o anticipados del MIDE, investigación, desarrollo, productos, invenciones, actividades licitas, u otra actividad que la empresa AURIX, haya aprendido o conocido como resultado de su relación con el MIDE, en virtud del presente contrato”, indica además el acuerdo.

Estando obligadas las partes involucradas a comunicarles a las personas involucradas la naturaleza confidencial del acuerdo y no revelar ninguna cooperación confidencial recibida a terceros.

También se limitaba la divulgación durante la vigencia del contrato de publicaciones y declaraciones a través de la prensa televisiva, escrita, radial, páginas web y redes sociales.

Los informes elaborados por AURIX forman parte de los documentos de investigación como “informes de inteligencia”, por lo que no pueden ser utilizados como documentos probatorios en procesos penales, según lo pactado.

Cancelación del contrato

El MIDE rescindió del acuerdo el 10 de septiembre pasado conforme un acto de alguacil, con el que se notificó formalmente de la cancelación a la empresa de capital privado.

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