Santiago.- El Tercer Juzgado de Instrucción de Santiago dictó auto de apertura a juicio y confirmó las medidas de coerción impuestas a los integrantes de una red criminal, entre ellos un empleado del Poder Judicial, acusados de falsificar documentos judiciales para beneficiar a imputados por delitos graves.
La jueza Iris Sugelly Borgen Santana subrayó la gravedad de los hechos imputados, destacando que estos representan una seria amenaza a la seguridad jurídica del país.
La magistrada refrendó la acusación presentada por la fiscal Aida Medrano Gonell, de la Fiscalía de Santiago, y calificó la conducta de los acusados como una afrenta al sistema judicial.
El tribunal admitió la totalidad de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, que incluyen evidencias documentales, periciales y materiales, las cuales fortalecen la acusación contra los imputados Ariel Antonio Bencosme Reyes, Francisco de Jesús Comprés Rodríguez, Jonathan Francisco Vásquez Ventura y Francisco Antonio Vásquez Pichardo (conocido como Frank).
Entre los implicados, Comprés Rodríguez operaba como vendedor de fianzas judiciales en las provincias de Santiago y La Vega, mientras que Bencosme Reyes desempeñaba el cargo de supervisor del Archivo Central del Poder Judicial en Santiago.
Según los detalles presentados por la fiscal Medrano Gonell, los acusados habrían incurrido en la falsificación de sentencias, resoluciones judiciales, contratos de fianza y otros documentos con el fin de obtener la liberación irregular de personas acusadas de delitos graves, todo a cambio de grandes sumas de dinero.
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Las actividades ilícitas de la red fueron desmanteladas cuando intentaban asegurar la liberación, mediante documentos falsificados, de un imputado en la Operación Discovery, quien ya fue condenado tras acogerse a un proceso penal abreviado.
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La Fiscalía de Santiago acusa a los miembros de la red de formar parte de una asociación de malhechores, falsificación de documentos públicos y privados, y uso de documentos falsos en perjuicio del Estado, violando así los artículos 265, 266, 147, 148, 150 y 151 del Código Penal Dominicano.
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