Santo Domingo.– El Poder Ejecutivo promulgó la Ley núm. 13-26, mediante la cual se derogan los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20-23, del 17 de febrero de 2023, Orgánica del Régimen Electoral, así como la Ley núm. 15-19 y sus modificaciones.
La normativa, aprobada por el Congreso Nacional de la República Dominicana, establece que las postulaciones a cargos de elección popular deberán realizarse exclusivamente a través de partidos, agrupaciones o movimientos políticos, conforme al marco constitucional vigente.
En sus considerandos, la ley señala que la Constitución dominicana dispone que la participación política y la presentación de candidaturas se canalicen mediante partidos, movimientos o agrupaciones políticas, tal como lo establece el artículo 216 de la Carta Magna. Asimismo, precisa que la estructura institucional actual reserva la presentación de aspirantes a cargos electivos a las organizaciones políticas reconocidas por la ley.
La Ley 13-26 dispone que su aplicación se extiende a todo el territorio nacional y que entra en vigencia a partir de su promulgación y publicación, conforme a lo establecido en la Constitución y en el Código Civil de la República Dominicana.
La pieza legislativa fue aprobada por el Senado el 11 de marzo de 2026 y por la Cámara de Diputados el 24 de marzo del mismo año, antes de ser promulgada por el Poder Ejecutivo el 26 de marzo.

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