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El Poder Ejecutivo dispuso este viernes que las instituciones del sector público financiero y no financiero paguen sus impuestos durante un año, al adquirir bienes o servicios en el exterior o en el mercado local que gravan dichas mercancías o servicios. En el párrafo uno del decreto 184-11, se establece que en el caso de los vehículos de motor, las instituciones públicas deberán pagar el impuesto de 17 por ciento establecido por el artículo 22 de la Ley 557-05, relativo al registro o inscripción de todos los vehículos de motor y la expedición de la primera placa y emisión del certificado de propiedad. En su artículo dos, señala que los funcionarios que autoricen compras en violación a las disposiciones del artículo 557-05, serán responsables del pago de los derechos e impuestos correspondientes.
La medida oficial en su artículo tres, dice que el Ministerio de Hacienda no deberá autorizar ni tramitar ninguna solicitud de exoneración formulada por instituciones gubernamentales.
En su primer considerando indica que el incremento de los precios del petróleo, los alimentos y materias primas amenaza la estabilidad, el crecimiento económico y los avances en términos de empleos, reducción de la pobreza y mejora de la equidad social que ha logrado el país.
Señala además, que dicha situación obliga a la adopción de medidas orientadas a racionalizar el gasto del gobierno como un ejemplo de austeridad.
Asimismo la disposición gubernamental precisa que la realización del gasto tributario es un elemento fundamental para el cumplimiento de los objetivos del programa con el Fondo Monetario Internacional.
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