El TC consideró que el ex teniente coronel no recurrió la sentencia del Tribunal Superior Administratuvo en el plazo que establece la ley, sino un mes y 17 días después qu se emitiera la sentencia de dicho tribunal, cuando la ley establece un plazo de cinco días.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El Tribunal Constitucional declaró inadmisible un recurso de inconstitucionalidad con el que el teniente coronel Bianet de Jesús Marcelino Martínez solicitaba que se deje sin efecto el decreto presidencial que lo destituyó.
“Decolara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de revisión incoado por el señor Bianet de Jesús Marcelino Martínez, contra la sentencia No.108-2011 dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, en fecha doce (12) de octubre de dos mil once”, explica la sentencia.
El TC consideró que el ex teniente coronel no recurrió la sentencia del Tribunal Superior Administratuvo en el plazo que establece la ley, sino un mes y 17 días después qu se emitiera la sentencia de dicho tribunal, cuando la ley establece un plazo de cinco días.
“Si la parte perjudicada no recurre en revisión la decisión, dentro del plazo legal, corresponde presumir que ha renunciado a la impugnación”, indica una de las razones por las que el recurso fue declarado inadmisible por el Tribunal Cosntitucional.
El TC consideró que el ex teniente coronel no recurrió la sentencia del Tribunal Superior Administratuvo en el plazo que establece la ley
El oficial interpuso un recurso de amparo contra el Estado Dominicano y el Jefe de la Policía Nacional, José Polanco Gómez. Sin embargo, el tribunal Superior Administrativo consideró que el presidente de la república tiene la facultad constitucional de nombrar y destituir los militares y miembros de la Policía Nacional.
Esta fue la primera sentencia emitida por el Tribunal Constitucional de fecha 6 de febrero.
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