martes, 17 de diciembre de 2024

«Chiquito» permanecerá en Najayo; juez rechaza traslado a La Victoria

 Alison de Jesús Pérez Mejía («Chiquito») fue condenado por los delitos de asociación de malhechores, robo agravado y homicidio voluntario.«Chiquito» permanecerá en Najayo; juez rechaza traslado a La Victoria

Alison de 

Santo Domingo.– La Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional rechazó este martes el recurso de amparo interpuesto por Allyson de Jesús Pérez Mejía (Chiquito), condenado a 30 años de prisión por el asesinato del joven Joshua Omar Fernández.

«Chiquito» buscaba ser trasladado del Centro Correccional CCR-20 Najayo a la cárcel de La Victoria.

El juez Franny González explicó que el director general de Prisiones, Roberto Hernández Basilio, tiene la autoridad para disponer el traslado de privados de libertad al recinto que considere, siempre y cuando se cumpla con el debido proceso.

El caso `

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Alison de Jesús Pérez Mejía («Chiquito») fue condenado por los delitos de asociación de malhechores, robo agravado y homicidio voluntario.

Por hecho también la  Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó  las condenas de 15, 20 y 30 años de prisión impuestas a Wesly Vincent Carmona (“El Dotolcito”), Luis Brito Troncoso (“Luisito”) y Alison de Jesús Pérez Mejía (“Chiquito”), por su responsabilidad en la muerte del joven Joshua Fernández.

Luis Alberto Brito Troncoso (Luisito), 265, 266, 379, 385 del Código Penal Dominicano. Así como los artículos 66 párrafo V y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

Wesly Vicent Carmona fue condenado por asociación de malhechores para cometer robo agravado, en perjuicio de Isanel Morel Encarnación, Alberto José Reyes Jiménez y Misael Morel Encarnación, hechos tipificados y sancionados en los artículos 265, 266, 379 y 385 del Código Penal Dominicano.

Estos delitos están tipificados en los artículos 265, 266, 379, 385, 295 y 304 del Código Penal Dominicano, así como en los artículos 66, párrafo V, y 67 de la Ley 631-16, que regula el control y la tenencia de armas, municiones y materiales relacionados.

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