SANTO DOMINGO, República Domincana.- La Suprema Corte de Justicia (SCJ) ordenó que se ejecute la sentencia del Tribunal Superior Administrativo que dispone la entrega a la empresa Granos Nacionales de documentos sobre solicitudes de contingentes de importación en manos de la Comisión para las Importaciones Agropecuarias. El máximo tribunal del país negó la suspensión de la sentencia que ordena la entrega, manteniendo ésta toda su fuerza y vigor, la cual es ejecutoria sobre minuta no obstante cualquier recurso.
El máximo tribunal del país falló contra la petición de la citada comisión, de la Subsecretaria de Planificación Sectorial Agropecuaria y de la Oficina de Tratados Comerciales Agrícolas de que fuera suspendida la sentencia que dispone entregar a Granos Nacionales, S.A., los documentos requeridos a través de la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.
Pese a la disposición suscrita por el pleno de la Suprema Corte de Justicia –entregada el 4 de junio de este año a Granos Nacionales por la secretaria del tribunal de alzada, Grimilda Subero- el responsable de la Comisión para las Importaciones Agropecuaria y Ministro de Agricultura, Salvador Jiménez, retiene las informaciones solicitadas.
El acápite tercero de la sentencia que ordena la entrega de la informacion expresa: “Impone al Ministro de Agricultura, en funciones de Presidente de la Comisión para las Importaciones Agropecuarias, el pago de un astreinte de RD$5,000 por cada día de retardo en la entrega de la información requerida”. Aclara que la sentencia es ejecutoria sobre minuta no obstante cualquier recurso.
Los abogados de Granos Nacionales, Ramón Antonio Veras y Emil Chahín Constanzo consideraron inaudito que el Ministro de Agricultura haya desacatado tanto la sentencia del Tribunal Superior Administrativo como la de la Suprema Corte de Justicia, un hecho que no debe verificarse en un estado de derecho como el que, se supone, vive la República Dominicana, donde actualmente se habla de tanta transparencia administrativa.
En diciembre de 2009 la principal empresa comercializadora de granos del país interpuso un recurso de amparo ante la resistencia de las entidades estatales a entregar los documentos que sirvieron de soporte para otorgar permisos de importación de habichuelas, que afirma ella, fueron concedidos sin cumplir con los requerimientos de rigor, en violación a disposiciones emenadas del DR-CAFTA.
Dentro de las compañías que se procura determinar la regularidad de sus asignaciones, según la sentencia del 26 de febrero de este año dictada por el Tribunal Superior Administrativo, se encuentran Aerocomercial Tejada, Agroservicios del Cibao, Almacenes Royal, Asocodemo Bursátil, Cadena de Distribución de Artículos de Primera Necesidad Oriental Cipriano, Cándido Mateo Marcano, Casa Comercial Rodríguez Jiménez, Catemo Comercial, Distribuidora de Granos Tania, Empacadora Medina, Central de Distribución de Productos Alimenticios.
También FODEPRO, César Miguel Cortés Risk, Comercializadora de Productos de Consumo Básico Central, Comercializadora Nacional de Productos y Servicios, DOBE, Importadora de Grano Braulio, Inversiones B&M, Kalojo, Khwl Imports y Rafael Antonio Japa Hidalgo.
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