“Con esta decisión judicial se envía un mensaje a todos los artistas del país y a sus empresarios, a los fines de que los contratos que se elaboren tengan que contener cláusulas acordes a los preceptos constitucionales sobre el respeto a la igualdad, a la dignidad humana y sobre todo, sin cláusulas leoninas, abusivas y esclavistas, como las contenidas en el contrato que nuestro representante contrajo de manera irregular y confiando en la buena fe del empresario”, dijo el abogado. Destacó que el contrato entre David Kada y su antiguo manejador era de un 90-10 en perjuicio del salsero. En la parte de la ordenanza 0448-14, la magistrada Yokaurys Morales, entiende que en el caso existen las condiciones requeridas para acoger las pretensiones de Kada, en el sentido de que tanto el contrato, como la oposición que hiciera su ex manejador a los medios, prohibiendo la reproducción de todas sus obras musicales, audiovisuales e interpretaciones en vivo, ocasionan un perjuicio irreparable al artista, razones por la cual procedió a ordenar la suspensión de los efectos del contrato.
domingo, 6 de abril de 2014
Tribunal libera al salsero David Kada de su antiguo mánager -
“Con esta decisión judicial se envía un mensaje a todos los artistas del país y a sus empresarios, a los fines de que los contratos que se elaboren tengan que contener cláusulas acordes a los preceptos constitucionales sobre el respeto a la igualdad, a la dignidad humana y sobre todo, sin cláusulas leoninas, abusivas y esclavistas, como las contenidas en el contrato que nuestro representante contrajo de manera irregular y confiando en la buena fe del empresario”, dijo el abogado. Destacó que el contrato entre David Kada y su antiguo manejador era de un 90-10 en perjuicio del salsero. En la parte de la ordenanza 0448-14, la magistrada Yokaurys Morales, entiende que en el caso existen las condiciones requeridas para acoger las pretensiones de Kada, en el sentido de que tanto el contrato, como la oposición que hiciera su ex manejador a los medios, prohibiendo la reproducción de todas sus obras musicales, audiovisuales e interpretaciones en vivo, ocasionan un perjuicio irreparable al artista, razones por la cual procedió a ordenar la suspensión de los efectos del contrato.
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