El Tribunal Constitucional fue apoderado de una acción directa de inconstitucionalidad, que persigue la nulidad del artículo 1 de la ley 57-96, que otorga exoneraciones a miembros del Poder Legislativo.
En la instancia depositada ayer, la accionante pidió a los jueces del Tribunal Constitucional que declaren la nulidad de ese texto legal, por ser contrario a los artículos 39, 93, 138, 243, 244 y 246 de la Constitución, que contemplan el derecho a la igualdad, las atribuciones del Congreso Nacional, los principios de la administración pública, el régimen tributario, las exenciones tributarias y el control y fiscalización de fondos públicos.
Solicita, además, que disponga la nulidad e ineficacia jurídica de los actos derivados de su aplicación.
La disposición impugnada establece que cada legislador importará, libre de impuestos, un vehículo de motor cada dos años, sin importar tipo, marca, modelo, año, ni cilindraje.
Entre las motivaciones de la acción de inconstitucionalidad figura que el artículo 1 de la Ley 57-97 crea un privilegio en favor de los congresistas que viola el derecho a la igualdad consagrado en el artículo 39 de la Carta Magna.
“Los legisladores, al servirse del erario mediante una ley exclusiva como la No. 57-96, de Exoneraciones de Miembros del Poder Legislativo, se convierten en dominicanos de excepción y discriminan al resto de la población menospreciando el derecho fundamental de la igualdad y, en el caso de la especie, usando fondos públicos para su propio y único provecho, se apartan también de su obligación derivada de las disposiciones del artículo 246 de la carta sustantiva de la nación,(…)”, alega la accionante.
La acción de inconstitucionalidad fue interpuesta por la Fundación Transparencia Total por la Democracia, representada por el abogado Bunel Ramírez Merán.
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