domingo, 11 de octubre de 2026

¿Cuáles son los argumentos de las defensas para que se cambie calificación jurídica en caso Jet Set?

 

Los querellantes buscan que se varíe la calificación y, con esto, se amplíe la condena de los imputados, pasando de 2 años hasta un máximo de 30 con la recalificación.

Antonio y Maribel Espaillat.

Antonio y Maribel Espaillat.Víctor Ramírez/ LD                                                                                                                             El próximo viernes la justicia dominicana continuará conociendo el juicio de fondo en contra de los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, acusados del desplome de la discoteca Jet Set, que causó la muerte de 236 personas, con una tarea pendiente: la decisión del juez sobre la recalificación jurídica del caso.

El juez de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, Franny González, decidirá si se continúa conociendo el caso bajo la calificación otorgada por el Ministerio Público, de homicidio involuntario, o varía a homicidio voluntario con dolo eventual, como ha solicitado una parte querellante y que fue rechazada en fase preliminar por el magistrado Raymundo Mejía.

En esa ocasión, Mejía rechazó la recalificación bajo el alegato de inexistencia de dolo eventual en el derrumbe, donde una de las partes acusadas se encontraba al momento del desplome y resultó afectada, siendo esta Maribel Espaillat.                                                                          "No hay dolo eventual en un derrumbe donde una de las imputadas estuvo dentro del centro y no se puede equiparar a la conducta de alguien que dispara en un lugar", reveló Mejía durante la audiencia, en ese entonces.

Los querellantes alegaban que la variación se realizara bajo las declaraciones realizadas por el testigo Gregory Adames y “acorde a la magnitud del caso”, así como algunas pruebas sometidas en el proceso, lo que fue rechazado.

Sin embargo, a poco más de un mes de iniciar el juicio de fondo, varios abogados de las defensas de las víctimas volvieron a solicitar la variación de la calificación jurídica, en esta ocasión al juez Franny González.                                                                                               Los querellantes buscan que se varíe la calificación y, con esto, se amplíe la condena de los imputados, pasando de 2 años hasta un máximo de 30 con la recalificación.

Los juristas, representantes de Gregory Adames y nueve víctimas querellantes, fueron los primeros en solicitarle al juez Franny González Castillo que, en virtud de las pruebas vertidas en las audiencias pasadas y “teniendo un querellamiento particular distinto al del Ministerio Público”, revise el tipo penal y su acusación alterna, depositada el 20 de febrero de 2026.

A estos se les unieron los juristas Ignacio Miranda Cubilete, abogado de Juan Carlos Rodríguez; Marcos Vinicio Rosado y Yancarlos Martínez Segura. Mientras otros abogados dejaron a la apreciación del juez la petición realizada por los querellantes.                                                      Ante la petición, el Ministerio Público mantuvo la calificación jurídica presentada en la acusación de homicidio involuntario.

Entre los argumentos que sustentan los querellantes para someter la variación figuran las pruebas periciales y testimoniales presentadas ante el tribunal, que supuestamente demuestran que los imputados tenían conocimiento del deterioro progresivo de la estructura de la discoteca.

Juan Hirohito Reyes, abogado de las víctimas, sostuvo que los querellantes consideran que los hechos no deben calificarse como homicidio involuntario, previsto en el artículo 319, sino como dolo eventual, al argumentar que los imputados habrían tenido conocimiento de las condiciones de la estructura y de las advertencias sobre el riesgo de derrumbe, sin tomar medidas para evitarlo.                                                Reyes señaló que, según los elementos que citó de los informes periciales, los mensajes y los testimonios, el techo presentaba filtraciones, se le había añadido peso y el mismo día del colapso se reportó la caída de fragmentos, circunstancias que, a su juicio, evidenciaban señales de peligro.

En estas evidencias figuran los peritajes, así como los extractos de conversaciones telefónicas, mensajes y audios intercambiados entre los imputados y uno de los testigos y querellantes, Gregory Espaillat.

“No estamos ante alguien que conoce una simple filtración; estamos ante personas que se representaron en aquello que caía y podía lesionar gravemente a alguien, y aun así continuaron con la explotación del establecimiento”, indicó uno de los juristas en su intervención.

Entre las pruebas auditivas para sustentar la variación, la parte querellante también hizo referencia a audios compartidos por Maribel Espaillat a su hermano Antonio, sobre la condición del techo, argumentando los querellantes que los imputados tenían pleno conocimiento de las fallas estructurales del centro de diversión.

De materializarse la variación jurídica del caso, el juez Franny González indicó que las competencias de ese tribunal están subordinadas a la decisión del incidente, ya que solo conocen infracciones de hasta 10 años de privación de libertad.

“Y hay un punto importante y es que la propuesta de calificación jurídica desborda la competencia material de este tribunal; este tribunal conoce de infracciones de hasta 10 años de privación de libertad y en ese contexto la competencia de este tribunal está subordinada a la decisión del incidente, de ahí que este tribunal entiende que no está en este instante en condiciones materiales y jurídicas para decidir en este incidente”, expresó.

En este caso, el caso debe conocerse por un tribunal colegiado integrado por tres jueces

¿Qué establece el código?

Este caso se conoce bajo el antiguo código penal, que penaliza en el artículo 319 a aquel que por torpeza o imprudencia cometa homicidio involuntario con prisión correccional de tres meses a dos años y una multa.

“Art. 319. El que por torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia o inobservancia de los reglamentos, cometa homicidio involuntario, o sea causa involuntaria de él, será castigado con prisión correccional de tres meses a dos años, y multa de veinte y cinco a cien pesos”, cita el artículo.

Mientras que el artículo 304 juzga el homicidio cuya omisión preceda o siga otro crimen con condenas de hasta 30 años.

“El homicidio se castigará con la pena de treinta años de trabajos públicos, cuando su comisión preceda, acompañe o siga otro crimen. Igual pena se impondrá cuando haya tenido por objeto preparar, facilitar o ejecutar un delito, o favorecer la fuga de los autores o cómplices de ese delito, o asegurar su impunidad”, se lee en el numeral.INFORMACION DE LISTIN DIARIO

Digesett señala factores que agravan el congestionamiento vehicular en el país

 

La institución señala que en la mayoría de los casos la congestión vehícular suele responder al comportamiento del conductor frente al volante

Congestionamiento vehicular se registra este lunes en la autopista Las Américas. Foto: Raul Asencio/LD.

Congestionamiento vehicular /LD.Raul Asencio                                                                                                                                 En el Gran Santo Domingo, el congestionamiento vehicular representa una de las principales preocupaciones de los ciudadanos y el Estado dominicano por su impacto en la economía, calidad de vida y el medio ambiente.

Según explicó el coronel Rafael Tejeda Baldera, encargado de comunicaciones por la Dirección General de Tránsito y Transporte (Digesett), la raíz de este problema tiene múltiples razones donde la falta de autoridad no está en el listado.

“Los congestionamientos no se dan por falta del accionar de la autoridad, se dan por múltiples razones, eso es multifactorial”, sostuvo durante el seminario de Transporte Causa y Efecto de los Accidentes de Tránsito de la Central Nacional de Transportistas Unificados (CNTU).                     Baldera explicó que en la mayoría de los casos la congestión de vehículos suele responder al comportamiento del conductor frente al volante, citando ejemplos como el uso del celular, obligándoles a reducir su velocidad y generar una carga vehicular detrás de sí.

Detenerse donde no se debe y no respetar las normas de parqueo paralelo en calles y avenidas estrechas reduce el espacio de circulación de los demás vehículos y lo indica como otro factor.

A esto le sumó el descontrolado aumento del parque vehicular, el cual, según las estadísticas nacionales, superó las 6,640,871 unidades al cierre del 2025 para reflejar un crecimiento del 37.14% en los últimos cinco años. 

“A mayor cantidad de vehículos que se encuentren en las vías, necesariamente hay congestionamiento”, señaló.

El coronel siguió agregando a la lista el bloqueo de intersecciones y el efecto dominó, el cual ocurre cuando un conductor avanza con el semáforo en amarillo a sabiendas de que se puede quedar detenido en medio de la vía, obstruyendo el paso de quienes reciben la luz verde en vía contraria.

Este bloqueo genera un efecto dominó donde una intersección bloquea a otra, trayendo como consecuencia la paralización de todo el polígono urbano.                                                                                              Expuestos los hechos, Baldera hizo un llamado a la sociedad para asumir más responsabilidad sobre sus acciones al tomar el volante.

Motores y vehículos pesados

Con un llamado especial a los motociclistas, el vocero de la Digesett reconoció que, aun cuando estos no suelen estar involucrados de manera activa en el embotellamiento, sí representan entre el 70% y el 80% de los accidentes de tránsito, recordándoles la importancia del casco para evitar lesiones graves en la cabeza que provoquen su muerte.                             De igual forma, para los conductores de vehículos pesados como patanas y camiones, reconoció que estos suelen registrar periodos de alta y baja frecuencia, destacando la necesidad de evitar la sobrecarga y de utilizar bandas reflectivas para que otros conductores puedan ver las dimensiones del vehículo en la oscuridad y evitar colisiones.

Asimismo, recalcó la medida que prohíbe su circulación por el carril izquierdo, pues este no está adecuado para la circulación del transporte.

Informe de la ONU: Así se abastecen las bandas haitianas de armas de fuego

 

El Panel de Expertos de la ONU comprobó que las armas han llegado en buques, tierra y otras mediante la compra directa por parte de personas en Estados Unidos

Fotogramas de publicaciones realizadas en redes sociales por miembros de las bandas haitianas

Fotogramas de publicaciones realizadas en redes sociales por miembros de las bandas haitianasONU                                                                                                                                                                                                                                     , una comuna haitiana situada en el distrito de Las Caobas, que funciona como uno de los principales pasos fronterizos entre Haití y la República Dominicana, “continúa siendo un punto especialmente vulnerable” para que las bandas haitianas se abastezcan de armas, escribió en su informe el Panel de Expertos para el conocimiento del Comité del Consejo de Seguridad de la ONU sobre Haití.

Como punto de referencia sobre esta comunidad, señalan una incautación realizada el 25 de febrero de 2025 en el puerto de Haina, República Dominicana, con 16 fusiles de calibre 7,62 × 39 mm; un fusil calibre .50; un subfusil de 9 mm; cinco pistolas de 9 mm; 20,000 cartuchos de 7,62 × 39 mm; 16 000 cartuchos de 5,56 × 45 mm; 18 cargadores para fusil; 13 cargadores para pistola de 9 mm; un cargador para calibre .50 y un silenciador para fusil.                                                                               Todas estas armas y municiones fueron incautadas en un buque portacontenedores en tránsito desde Miami con destino a Belladère, Haití.

El informe recoge 28 incautaciones de armas y municiones realizadas entre el 22 de octubre de 2022 y el 1 de julio de 2026. Según el documento, ocho ocurrieron en buques en Miami, 16 en Haití y cuatro en la República Dominicana (dos en el puerto de Haina, una a una menor en Dajabón y otra a dos mujeres en Elías Piña, en 2022 y 2023). La otra incautación en el puerto de Haina se realizó el 25 de enero de 2025 y se recuperaron diversos rifles y pistolas.

Estas 28 incautaciones contabilizan 69 pistolas, 67 rifles semiautomáticos, un rifle calibre .50 y 80 944 cartuchos de diversos calibres.

Pero, además de los buques y por tierra, muchas armas de fuego han llegado a manos de las bandas mediante la compra directa por parte de personas en Estados Unidos, debido a la creencia de que el riesgo de ser “interceptados” es bajo, resalta el Panel.                                                     Otras compras ilícitas de armas las realizan las empresas de seguridad, de las que en Haití hay “más de 100”.

Esta investigación también señala que miembros de la Policía haitiana suministran armas a estas bandas, así como personas líderes de ese país.

“Aunque las autoridades haitianas y dominicanas no notificaron ninguna violación del embargo de armas en la frontera terrestre durante el período que abarca el informe, el Panel recibió información que indicaba que los agentes armados no estatales haitianos siguen adquiriendo material a través de redes transfronterizas. Estas redes se abastecen de material en la República Dominicana”, destacaron.                                                           Los investigadores destacan que las aplicaciones de mensajería cifrada desempeñan un papel fundamental en el tráfico internacional de armas y municiones en Haití, debido a que sirven tanto de plataformas de contacto entre las personas que forman parte de la cadena de tráfico como de mercados en los que los traficantes gestionan comunidades de posibles compradores.

Como ejemplo, destacan que en 2025 recibieron información sobre un grupo de una aplicación de mensajería que llevaba por título “Mercado de armas”, cuyo administrador era una persona con un número registrado en Francia que mostraba armas de fuego a la venta, en su mayoría de segunda mano, entre las que se incluían pistolas y fusiles semiautomáticos.

Este administrador afirmaba que la red podía realizar entregas en cualquier lugar, ya que los “números de teléfono de los posibles compradores estaban registrados en Haití y la República Dominicana”, así como en autoridades locales y departamentos de ultramar de Francia: Guadalupe, Guayana Francesa y Martinica.                                                                               El informe revela que las armas artesanales y los revólveres han sido relegados por las bandas, que han pasado de las escopetas a los fusiles semiautomáticos de 5,56 × 45 mm, complementándolos con pistolas.

Estas bandas han adquirido en grandes cantidades armas de 7,62 × 39 mm y, en menor medida, armas de fuego de calibre 7,62 × 51 mm. También, las armas de fuego más codiciadas en la actualidad son los fusiles de calibre .50, que, aunque siguen circulando en cantidades limitadas, “ya están presentes en determinadas bandas”.

Precios

El informe señala que las armas mantienen precios elevados en el mercado ilícito haitiano. En Puerto Príncipe y Bajo Artibonito, las pistolas de 9 × 19 mm se venden entre 2,000 y 4,000 dólares, mientras que los fusiles semiautomáticos de 5,56 × 45 mm cuestan entre 5,000 y 8,000 dólares. Un cartucho de este último calibre alcanza aproximadamente los tres dólares.

“Los precios de la munición son igualmente elevados: un solo cartucho de 5,56 × 45 mm se vende por aproximadamente 3 dólares”, explican.

El Panel de expertos señala que estas pandillas están arraigadas en diversos sectores de la sociedad. “Sus miembros no se limitan a quienes portan armas, sino que incluyen a hombres y mujeres que proporcionan información de inteligencia, recursos y apoyo logístico a las pandillas, y que pueden desplazarse sin levantar tantas sospechas e incluso cruzar fronteras”.

Como ejemplo, explican que a finales de febrero de 2026, Wideline Louis, alias Wide, novia del líder de la pandilla Tokyo y miembro de esa organización, fue detenida en el aeropuerto de Puerto Príncipe tras regresar de la República Dominicana. Según el documento, se encargaba de comprar ropa y suministros para la banda.

En otro caso, fue el de tres personas identificadas como Étienne Roudley, Sony Pierre y Sténio Saint-Fleur, quienes fueron detenidas en la República Dominicana en junio de 2025 por su vinculación con la adquisición de armas, drones comerciales y otros artículos para líderes de bandas haitianas.

El informe señala que fueron entregadas a las autoridades haitianas el 7 de junio de ese año, después de intentar adquirir un dron DJI Mavic 3 en Santo Domingo para Johnson André, alias Izo. Posteriormente, las autoridades haitianas las pusieron en libertad, según el Panel. INFORMACION DE LISTIN DIARIO