viernes, 12 de mayo de 2017

Dictan 6 meses de prisión a anestesiólogo por muerte de paciente en clínica El Centro de Obstetricia y Ginecología también fue condenado al pago de una indemnización de 2 millones de pesos -

El  juez Vladimir Rosario, de la Novena Sala Penal del Distrito Nacional, condenó al médico  anestesiólogo José Antonio Bratini a seis meses de prisión, con suspensión condicional de la pena,  tras ser declarado culpable de homicidio involuntario en perjuicio del joven abogado y deportista Edgar Hiram de León Reyes.
La acusación explica que la víctima, de 24 años,  le manifestó a su madre que padecía de una molestia en la cadera al caminar, por lo que su madre le dijo que lo mejor era que lo viera un neurólogo.
Posteriormente, fue llevado donde el doctor Rafael Alfredo Fernández, del Centro de Obstetricia y Ginecología, quien le recomendó realizarle una cirugía al diagnosticarle una Hernia Discal L5.
Señala que en fecha 19 de abril del 2010, el joven fue ingresado y justo después de que el médico anestesiólogo  José Antonio Bratini le aplica la anestesia y el cirujano inicia la incisión, cuando presenta una arritmia que le provocó  un paro cardiaco.
“El cirujano no llegó a operarlo porque inmediatamente hizo la incisión el joven entró en una hipoxia cerebral severa, por lo cual estuvo en coma durante 8 días, siendo entonces el 26 de abril cuando muere al retirarle los tubos”, explicó la procuradora fiscal Wendy González.
Como regla impuesta por el tribunal, al suspenderle condicionalmente la pena al doctor Bratini , está la obligación del condenado de realizar trabajos comunitarios una vez estos sean especificados por el juez de la ejecución de la pena.
El Centro de Obstetricia y Ginecología también fue condenado al pago de una indemnización de 2 millones de pesos, conjuntamente con el médico anestesiólogo.
La Fiscalía del Distrito Nacional otorgó al caso la calificación jurídica de violación al artículo 319 del Código Penal Dominicano, que tipifica el homicidio involuntario, y violación a la Ley 42-01, en lo que se refiere a la mala práctica médica.
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