La Ley 63-17, sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, le da el derecho a la Dirección General de Seguridad, de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) para retener un vehículo por 72 sólo bajo cinco causales específicas.
El diputado Tobías Crespo, proponente de dicha normativa, especificó las razones por las que la Digesett podría llevarse un vehículo:
- El no tener la placa.
- Andar sin la matrícula.
- Sin la póliza del seguro.
- No tener la inspección técnica vehicular
- Bloquear las vías públicas.
Además, indica el congresista, la ley ordena al ciudadano objeto de la retención a que saque la placa y pague la multa, y otras sanciones que implica la reducción de los puntos en la licencia de conducir. En ese sentido, el legislador aclaró que la Digesett, dentro de las 72 horas, debe remitir un informe al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) y junto con la Dirección General de Impuestos Internos, identificar al conductor y proceder con vehículo.
“Pero andar sin plaza, mutilar la placa; placa que no es, que está borrada alterada o que la información no es visible, implica llevarse el vehículo a un centro de retención”, explicó Crespo, al ser consultado por el programa Sol de la Mañana, que se transmite por Zol 106.5 FM, sobre el caso de la fiscal de Higüey a la que agentes policiales le ordenaron detenerse por transitar en un vehículo sin identificación pasadas las 11 de la noche.
El diputado señaló además otra de las atribuciones de la ley que, a su juicio, no se está cumpliendo, y es sobre la obligación que tienen los conductores de colocar dos placas en sus respectivos vehículos, una trasera y otra delantera. “Y eso se incluyó en la ley, porque una de las grandes preocupaciones de la República Dominica es precisamente andar sin placa. Entonces, los motores y los vehículos vienen con espacio en la parte trasera y delantera (…). Incluso, la placa debe tener la región y la provincia”, añadió.
¿Y si no son agentes de la Digesett? ¿Y sobre el arresto?
En el caso específico de la fiscal de Higüey, Crespo explicó que cuando existen aspectos que salen de la Ley 63-17 y entran en orden público, “ya aparte de la sanción que establece la ley, se le aplica el Código Penal, porque si ella se fue ya no está obtemperando a la autoridad, y eso ya tiene una tipificación que no es en la ley (de tránsito), porque recuerden la Digesett es parte de la Policía Nacional, y la Policía Nacional reporta al Ministerio de Interior y Policía, pero es auxiliar del Ministerio Público, pero la Digesett son sólo para las violaciones de la ley de tránsito”.
El incidente
Un video que se ha virilizado en redes sociales, la joven fiscal identificada como Carol Daritsel Morla, fue detenida en un retén policial y al ser cuestionada sobre porqué se desplazaba sin placa, explicó que se debía a que el vehículo que conducía era propiedad de la Fiscalía de La Romana, lo que no impidió que los agentes procedieran a arrestarla.
Tras una acalorada discusión, la mujer condujo el carro marca Sonata, color gris hasta el destacamento y lo parqueó en la parte frontal, a lo que los agentes, en tono agresivo, le decían que debía moverlo, siendo desoídos por la funcionaria.
La Procuraduría y la Policía investigan
Por separado, la Procuraduría General de la República y la Policía Nacional, ordenaron una investigación sobre el incidente.
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Posición de FiscalDom
La Asociación de Fiscales Dominicanos (Fiscaldom), calificó de brutal y despiadada la acción de los agentes policiales contra la fiscalizadora de La Romana, Carol Daristel Morla Rodríguez, por conducir un vehículo sin placa.
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