SANTO DOMINGO.- La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) consideró que se ajusta al ordenamiento constitucional la medida de coerción impuesta a los senadores Julio César Valentín, de Santiago, Tommy Galán, de San Cristóbal y al diputado del Distrito Nacional, Alfredo Pacheco.
“La Constitución no estableció la inmunidad de procesamiento. Es por esto que se puede imponer la medida, mas no ejecutarse, hasta tanto el Congreso quite el fuero parlamentario al legislador, o concluya la legislatura”, explicó el vicepresidente ejecutivo, Servio Tulio Castaños.
Sostuvo que en cuanto a que si ellos no pagan la garantía económica, pero mantienen la inmunidad, dijo que el juez podrá ordenar la prisión, pero no se puede ejecutar sin desafuero.Castaños argumentó que la inmunidad establecida en la Constitución no constituye una derogación constitucional de la obligación de responder penalmente por sus actos, sino es una posposición a dicha obligación.
Esa obligación, según explicó, ocurre en dos momentos: primero desde el momento que el órgano judicial competente entiende que hay indicios suficientes para procesar, más no para ejecutar hasta tanto la Cámara correspondiente autoriza el desafuero, y para el caso que la Cámara no lo autorice, desde el momento que concluya la legislatura.
“La inmunidad tiene aplicación actual, en tanto el sujeto siga ostentado el cargo que lo hace inmune, sólo pudiendo ser perseguido y detenido o por levantamiento de la inmunidad o al concluir la legislatura”, enfatizó.
No hay comentarios:
Publicar un comentario