El Tribunal Constitucional no admitió un recurso de revisión de amparo interpuesto por el ayuntamiento de San Gregorio de Nigua, de San Cristóbal, que buscaba la nulidad de una sentencia que le ordenó dejar sin efecto una resolución municipal, mediante la cual se apropiaba de la casa de Trujillo, de Najayo, donde fueron asesinados seis de las personas que participaron en el ajusticiamiento del dictador Rafael Leonidas Trujillo Molina.
El TC declaró inadmisible, por extemporáneo, un recurso de revisión sometido por el cabildo contra la sentencia número 0302-2017-SSEN-00401, dictada el 19 de junio del año 2017 por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de San Cristóbal.
Esa sentencia que el ayuntamiento buscaba sea anulada, ordenó también al ayuntamiento de Nigua, el retiro de los letreros y vallas que indican que la Casa Trujillo Najayo es propiedad del ayuntamiento de San Gregorio de Nigua.Dispuso, además, que la Fundación Universitaria Dominicana Inc., que alega ser la propietaria, tome posesión del inmueble e instale un cuerpo de vigilantes con el auxilio de la fuerza pública, de ser necesario.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional estableció que aun cuando el recurso de revisión que presentó el cabildo resulta extemporáneo, no debe soslayar que la Casa de Trujillo, en Nigua, es propiedad de todos los dominicanos, porque fue declarada zona protegida dentro del área nacional de recreo Boca de Nigua.
San Cristóbal. El TC mantuvo la vigencia de una sentencia de la Cámara Civil y Comercial que establece la propiedad de la vivienda.
No hay comentarios:
Publicar un comentario