Desde el Poder Ejecutivo no se impulsa una reforma al Código Procesal Penal, sino que se trabaja en un proyecto para que en los casos de reincidencia en los delitos se aplique prisión preventiva como medida de coerción.
La precisión la hizo el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, al ser consultado tras la polémica que ha provocado la información de una posible reforma a la legislación.
El presidente Luis Abinader, en la reunión de seguimiento de seguridad ciudadana del pasado lunes, anunció que, en los próximos días, el Ejecutivo sometería un proyecto de reforma al Código Procesal Penal dirigido a modernizar una normativa excesivamente garantista.
"Él (Abinader) entiende que la reincidencia en el delito debe ser una causal para que los jueces la tomen en cuenta, como una posible causa para que la medida de coerción sea prisión, es decir, ustedes saben que el Código Procesal Penal tiene siete medidas de coerción, entre ellas grilletes, impedimento de salida, fianza, presentación periódica, prisión domiciliaria y la más grave es la prisión", destacó.
Explicó que para la imposición de la prisión preventiva debe haber razones justificadas y corresponde al juez apreciar si son altas las posibilidades de implicación en los hechos, así como si el imputado representa peligro de fuga o hay peligro para sí mismo.
Peralta aclaró que el proyecto toca en cierto modo al Código Procesal Penal, en lo concerniente a la medida de coerción, pero que en modo alguno se trata de una reforma general. Controles de seguridad
Actualmente el Poder Ejecutivo trabaja en una serie de proyectos de ley a ser remitidos al Congreso Nacional para contrarrestar el crimen organizado.
Entre ellos uno para controlar la violación de propiedad (invasión de terrenos), el secuestro y otro para evitar que los funcionarios públicos puedan usar las expropiaciones en beneficio propio.
"La República Dominicana no es un lugar donde su principal problema de criminalidad sea el secuestro, pero no hay que esperar que comiencen a registrarse para que haya una ley", detalló Peralta al participar en el Diálogo Libre de DL.
Funcionarios y la licencia
A pesar de que la Ley de Régimen Electoral no obliga a todos los funcionarios que sean candidatos a tomar una licencia de sus funciones, el Gobierno está buscando el mecanismo para obligarlos a hacerlo.
El artículo 45 de la referida norma establece que solamente los funcionarios de organismos autónomos del Estado y de los ayuntamientos cuyas candidaturas sean admitidas por la Junta Central Electoral "quedarán suspendidos en sus funciones, sin disfrute de sueldo, hasta el día siguiente de las elecciones".
En cumplimiento a esa obligación, Antoliano Peralta informó que próximamente se emitirá una circular en la que "exhortará" a los funcionarios en esta categoría a tomar licencia, pero también lo harán con el resto.
Manifestó que "hay la aspiración del Ministerio de Administración Pública, y le han pedido la colaboración a la Consultoría, para emitir una circular recordando a todos los funcionarios que caen dentro de lo que establece la ley para que sepan que quedan suspendidos automáticamente; y aquellos que no pertenecen a esos órganos exhortarlos a que pidan la licencia sin disfrute de sueldo.
Además de la exhortación, Palacio evalúa la manera de crear una obligación. El Consultor recordó que el Ministerio de Administración Pública puede otorgar licencia por un máximo de 60 días, y que ésta puede ser extendidas por más tiempo con la autorización del presidente.
El DNI ha cedido ante preocupación de los bancos
El consultor jurídico del Poder Ejecutivo aseguró que las autoridades del Departamento Nacional de Investigaciones (DNI) ya han cedido ante las asociaciones de bancos en la mayoría de los aspectos a los que se oponían esas entidades respecto al proyecto de ley que transforma al DNI en la Dirección Nacional de Inteligencia.
"La dirección del DNI que impulsa el proyecto de ley ha ido cediendo en todos los elementos y ha ido consensuando varios elementos de la ley con los intereses de la Asociación de Bancos, a través de la Superintendencia, (y) con los sectores militares que tienen que ver con esto", afirmó.
El DNI también se habría puesto de acuerdo con las telefónicas.La Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA) había expresado su preocupación sobre el artículo que los obliga a entregar datos de sus bases de datos sobre sus clientes al DNI.
Advertían que esta medida vulneraba la confianza en el sistema bancario, la protección de datos personales y la privacidad.
El artículo 11 establecía: "Las entidades públicas y privadas deberán permitir que la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) pueda llevar a cabo la recolección de informaciones que figuren asentadas en sus bases de datos y acceder a las que se produzcan mediante el uso de las tecnologías".
Peralta enfatizó que esta ley es muy necesaria para organizar el sistema de inteligencia del estado bajo la coordinación del DNI.
Recordó que esa entidad fue creada el siglo pasado con una ley de apenas siete artículos. Los empleados del DNI tampoco tienen un régimen laboral definido, ya que no se rigen bajo el Código Laboral ni la Ley de Administración Pública.
"Aquí existía el SIM y después se creó el DNI con una ley como de siete artículos, que no da margen a ningún desarrollo regulatorios suficiente. Por ejemplo, los empleados del DNI no tienen un régimen laboral definido", amplió el abogado.
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