El Tribunal Constitucional (TC) anuló la sentencia No. 002-2018 dictada por el Tribunal Superior Electoral (TSE) el 22 de marzo del 2018, según lo informó el Alto Tribunal en su boletín de ayer lunes, que contiene el resumen de sus últimas decisiones.
La alta Corte admitió como bueno y válido el recurso de revisión interpuesto por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), el pasado 20 de abril 2018, contra la sentencia antes señalada, y acogió el fondo del recurso de revisión constitucional; en consecuencia, anuló la sentencia del Tribunal Superior Electoral referida a la Trigésima Cuarta (XXXIV) Convención Extraordinaria Dr. Pedro A Franco Badía, realizada por esa organización política el 3 de diciembre del 2017, que modificó los estatutos y eligió la alta dirección y a su presidente Miguel Vargas por cuatro años.
Finalmente, remitió la sentencia al TSE para su conocimiento. Está pendiente conocer en detalles de las fundamentaciones de la decisión del Tribunal Constitucional.
Con esta decisión, el Tribunal Constitucional reconoce los derechos soberanos del organismo de dirección del PRD y la legitimidad de la presidencia de Miguel Vargas, tal y como lo reclamaron los juristas que lo representaron.
La decisión del TSE les daba ganancia de causa a varios dirigentes que habían interpuesto una demanda de nulidad de modificación estatutaria del PRD y de la convención organizada por las actuales autoridades de ese partido, encabezado por Miguel Vargas Maldonado.
En su decisión, TSE señaló en los considerandos que en la convocatoria a la convención extraordinaria se violaron los principios de transparencia, democracia interna y publicidad que rigen el funcionamiento de los partidos en el país.
Decisión. El Tribunal Constituciónal anuló la sentencia 002-2018 del TSE.
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