Los tiempos en que la entrega del salario a los empleados se hacía en un sobre amarillo quedaron atrás. El Código Laboral Dominicano (Ley 16-92) aún consigna el pago en efectivo, pero la práctica ha dictado otras formas.Los avances de la tecnología han dotado al sistema financiero de la agilidad y velocidad que requieren los tiempos, y las instituciones públicas y empresas privadas no quedan ajenas a eso. Los días 15 y 30 de cada mes no se producen ya las aglomeraciones de personas en áreas donde un contador o contable pasaba largas horas llamando empleados –uno por uno- para pagar el sueldo.
“Pero esa parte tenemos que abordarla para que ese punto –por lo menos- conste en el Código Laboral”, dice Rafael –Pepe- Abreu, presidente de la Confederación Nacional de la Unidad Sindical (CNUS) cuando aborda el tema junto a elCaribe. Pepe Abreu sostiene que aunque él está de acuerdo con las nuevas modalidades de pago, especialmente por su agilidad, la ley establece otra cosa. En la actualidad los empleados cobran por tarjeta (sistema electrónico), tanto en el sector público como en el privado, y en el caso del Estado también se habla de “libramientos”, para aquellos empleados que están por contrato o por “servicios prestados”.
“Ese es un tema interesante, porque el impacto inicial que trajo eso cuando comenzaron a implementarse los pagos por tarjeta, abandonando así el pago en efectivo y en sobre en las empresas, fue tremendo”, rememora Abreu. Y refiere que “había algunos empleados que recibían sus pagos por el sistema de cheques también”.
Lógicamente, para esos tiempos que refiere el dirigente sindical, los asaltos no alcanzaban los niveles de hoy día y la inseguridad, en general, no era tan alta.
“Cuando los nuevos sistemas de pago comenzaron a llegar, en las empresas hubo viso de amotinamiento, de trabajadores que de una manera airada, muchas veces reclamaban que sus pagos debían ser en efectivo”, indica el presidente del CNUS.
Una parte de la resistencia inicial obedecía a que, como mucha gente no sabía utilizar la tarjeta en los cajeros automáticos, no quería dejar su dinero a expensa de un sistema electrónico. “Eso es muy incómodo”, llegó a decir una parte de los empleados.
Aunque el Código Laboral dice otra cosa, nosotros mismos fuimos adaptándonos al sistema nuevo. Mucha gente también veía la parte en contrario de ese tema, y era que de ese modo se evitaban las aglomeraciones que se producían en los espacios donde se pagaba y se evitaba que pudiera haber atracos cuando se sabía que la gente salía con dinero de su empresa o institución.
El Código Laboral en su título V (Sobre el salario) dice lo siguiente: “El salario se integra por el dinero en efectivo que debe ser pagado por hora, por día, por semana, por quincena o por mes al trabajador, y por cualquiera otro beneficio que obtenga por su trabajo”. Y agrega en su artículo 195: “El salario se estipula y paga íntegramente en moneda de curso legal, en la fecha convenida entre las partes. Puede comprender, además, cualquiera otra remuneración, sea cual fuere la clase de ésta”.
Pepe Abreu, como representante de los trabajadores, sostiene que el tema de modificar algunos artículos de la Ley 16-92 se fue dejando solo y se puso en discusión de nuevo cuando comenzó el proceso para modificar “el Código Laboral que les interesa al sector patronal, no así a los obreros”.
“Pero esa parte tenemos que abordarla para que ese punto –por lo menos- conste en el Código Laboral”, dice Rafael –Pepe- Abreu, presidente de la Confederación Nacional de la Unidad Sindical (CNUS) cuando aborda el tema junto a elCaribe. Pepe Abreu sostiene que aunque él está de acuerdo con las nuevas modalidades de pago, especialmente por su agilidad, la ley establece otra cosa. En la actualidad los empleados cobran por tarjeta (sistema electrónico), tanto en el sector público como en el privado, y en el caso del Estado también se habla de “libramientos”, para aquellos empleados que están por contrato o por “servicios prestados”.
“Ese es un tema interesante, porque el impacto inicial que trajo eso cuando comenzaron a implementarse los pagos por tarjeta, abandonando así el pago en efectivo y en sobre en las empresas, fue tremendo”, rememora Abreu. Y refiere que “había algunos empleados que recibían sus pagos por el sistema de cheques también”.
Lógicamente, para esos tiempos que refiere el dirigente sindical, los asaltos no alcanzaban los niveles de hoy día y la inseguridad, en general, no era tan alta.
“Cuando los nuevos sistemas de pago comenzaron a llegar, en las empresas hubo viso de amotinamiento, de trabajadores que de una manera airada, muchas veces reclamaban que sus pagos debían ser en efectivo”, indica el presidente del CNUS.
Una parte de la resistencia inicial obedecía a que, como mucha gente no sabía utilizar la tarjeta en los cajeros automáticos, no quería dejar su dinero a expensa de un sistema electrónico. “Eso es muy incómodo”, llegó a decir una parte de los empleados.
Aunque el Código Laboral dice otra cosa, nosotros mismos fuimos adaptándonos al sistema nuevo. Mucha gente también veía la parte en contrario de ese tema, y era que de ese modo se evitaban las aglomeraciones que se producían en los espacios donde se pagaba y se evitaba que pudiera haber atracos cuando se sabía que la gente salía con dinero de su empresa o institución.
El Código Laboral en su título V (Sobre el salario) dice lo siguiente: “El salario se integra por el dinero en efectivo que debe ser pagado por hora, por día, por semana, por quincena o por mes al trabajador, y por cualquiera otro beneficio que obtenga por su trabajo”. Y agrega en su artículo 195: “El salario se estipula y paga íntegramente en moneda de curso legal, en la fecha convenida entre las partes. Puede comprender, además, cualquiera otra remuneración, sea cual fuere la clase de ésta”.
Pepe Abreu, como representante de los trabajadores, sostiene que el tema de modificar algunos artículos de la Ley 16-92 se fue dejando solo y se puso en discusión de nuevo cuando comenzó el proceso para modificar “el Código Laboral que les interesa al sector patronal, no así a los obreros”.
No hay forma de volver atrás con los tiempos
“Nosotros, aprovechando la discusión con los empresarios, decíamos que si el código se modificaba, había que incluir una modificación sobre el aspecto de los pagos electrónicos, estableciendo que el por ciento mínimo que se cobra al trabajador por concepto de retención del dinero, tenía que asumirlo la empresa (no el trabajador) porque la ley lo establece”, indicó Abreu. Reconoce que no hay forma de volver atrás en la forma de pagarle a la gente por el trabajo realizado y la propia seguridad del usuario frente a la delincuencia.
Así se acaba con los oportunistas en el país
El presidente del CNUS agrega: “Nosotros mismos asumimos las modernas modalidades de pago para acabar con los garroteros, es decir, con los prestamistas que cobraban altos intereses para cambiar los cheques, o compraban el salario al empleado. Es decir, que ese cheque estaba comprometido cuando salía en la fecha. Pepe Abreu dice que entendía que con el sistema de tarjeta los prestamistas se alejarían, pero ocurre que todavía mucha gente compromete su tarjeta con esas personas y a veces le entrega hasta el plástico.