Las cuentas bancarias de tres envasadoras fueron embargadas por Pro Consumidor tras reclamar el pago de las multas que fueron impuestas por la venta irregular de Gas Licuado de Petróleo (GLP) a usuarios de ese combustible, informó hoy la entidad.
Las envasadoras Rojo Gas, Galán Gas y Asogas (Diez), fueron multadas con 511 mil 750 pesos, cada una, equivalente a 100 salarios mínimos del sector público y a la fecha no han hecho efectivo el pago establecido por resolución y ratificado por el Tribunal Superior Administrativo.
La entidad defensora de los consumidores realizó el embargo retentivo a las cuentas bancarias por un monto de 3 millones 70 mil 500 pesos.
El congelamiento de los fondos en las diferentes entidades de intermediación financiera fue hecho luego que los propietarios de las envasadoras de GLP multadas fueran emplazadas a cumplir con la disposición, ya que fue ratificada por el Tribunal Contencioso Administrativo al desestimar la medida cautelar que buscaba dejarla sin efecto.
El embargo fue hecho a través de Acto de Alguacil del ministerial Juan M. Cardenes, alguacil ordinario del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
La entidad defensora de los derechos consumidores otorgó un día franco para que las envasadoras pagaran luego que el Tribunal Superior Administrativo rechazara la solicitud de medida cautelar donde pretendían la suspensión de la resolución donde le fueron impuestas las multas al detectar mediante inspección que los dispensadores para despachar el GLP estaban alterados, en detrimento de consumidores y usuarios.
Pro Consumidor intimó y puso en mora para que el improrrogable plazo de un día franco procedan a pagar en manos de los abogados apoderados Félix Pujols, David La Hoz, Reyna matos, José Miguel Valdez y Joaquín Zapata o al Departamento Financiero mediante cheque certificado la suma de 511 mil 750 pesos cada una.
Rojo Gas fue inspeccionado el 2 de febrero de este año por Pro Consumidor y la Dirección General de Normas y Sistema de Calidad (Digenor), ocasión en que le detectaron cuatro dispensadores alterados en detrimento de los intereses económicos de los usuarios.
La envasadora Galán está ubicada en la calle Félix Marcano, número 20, de la Urbanización Máximo Gómez, Las Malvinas, del municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo.
Mientras que la planta Credigas, está ubicada en el kilómetro 7½ de la carretera Mella, Cansino I, Santo Domingo Este y la envasadora Asogas, se ubica en la carretera San Juan-Vallejuelo, del municipio Vallejuelo, San Juan de la Maguana.
Las envasadoras Galán y Asogas, para evadir el pago, interpusieron medidas cautelares ante el Tribunal Superior Administrativo para que se suspenda la resolución que impone las multas a pesar de que llevaban años engañando a los consumidores o usuarios de ese combustible.
El Tribunal Superior Administrativo reconoció el derecho que le otorga la Ley 358-05 a Pro Consumidor de sancionar a las envasadoras que cometen irregularidades en la venta del GLP a población.
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