jueves, 31 de marzo de 2011

PARA VIVIENDAS Ley autoriza a usar pensiones

Santo Domingo
El Senado convirtió anoche en ley el proyecto de Desarrollo del Mercado Hipotecario y de Fideicomiso en República Dominicana, que autoriza el uso de una parte de los fondos de pensiones para la construcción de viviendas.

La Ley será remitida ahora al Poder Ejecutivo para su promulgación.

La pieza sometida por el Poder Ejecutivo cuenta con el apoyo de la Asociación de Bancos Comerciales (ABA), la Liga de Asociaciones de Ahorros y Préstamos, y la Asociación de Bancos de Ahorro y Crédito (Abancord), así como del sector económico del Gobierno. El Senado acogió los cambios introducidos por la Cámara de Diputados que modificó los artículos 59 y 60, que establecen una ventanilla única, que de acuerdo al proyecto aprobado en el Senado estaría en manos de Obras Públicas, por lo que pasa ahora al Poder Ejecutivo para su promulgación.

La ley busca desarrollar el mercado hipotecario y fideicomiso del país, y permitirá reducir el déficit habitacional con la construcción de viviendas a bajo costo para las clases media y baja, con parte de los recursos de los fondos de pensiones.

Además dispone crear figuras financieras que permitan el desarrollo de la construcción de viviendas, las cuales serán subvencionadas por el Estado, reduciendo todos los impuestos tanto para la construcción como para los adquirientes de viviendas. Permitirá igualmente reducir el déficit habitacional que es de un millón, la incorporación de fuerza laboral, dinamización de la economía en el sector ferretero y generación de 400 mil empleos.

El Senado aprobó también en primera lectura el proyecto de Ley que autoriza al Ministerio de Hacienda a emitir bonos de Deuda Pública por RD$25,200 millones para la cancelación parcial del saldo pendiente de la deuda administrativa contraída por el Gobierno Central hasta el 31 de diciembre de 2005.

La forma de colocación y adjudicación de las ofertas primarias de los bonos será mediante subasta pública organizada a nivel local por la Dirección General de Crédito Público, de acuerdo al reglamento de la legislación.

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