El artículo 93 de la Constitución que entró en vigencia en enero de 2010, indica que el Congreso Nacional puede crear o suprimir regiones, pero siguiendo determinados procedimientos “previo estudio que demuestre la conveniencia política, social y económica justificativa de la modificación”.
Precisamente, la Constitución dispone en su artículo 194 que es prioridad del Estado la formulación y ejecución, mediante ley, de un plan de ordenamiento territorial que asegure el uso eficiente de los recursos naturales de la nación.
Agrega que la delimitación territorial se determinará mediante una ley orgánica que defina los límites de las regiones, así como de las provincias y los municipios en que se dividen.
De esas atribuciones constitucionales se desprende la inquietud de la Oficina de Ordenamiento Territorial, que fue creada para cumplir ese mandato constitucional, de que es preciso que el Congreso espere las evaluaciones previas antes de crear nuevas demarcaciones.
La Carta Magna también se refiere a la delimitación territorial con el siguiente mandato en su artículo 195: “Mediante ley orgánica se determinará el nombre y los límites de las regiones, así como de las provincias y de los municipios en que ellas se dividen”.
Desarrollo municipal. El director del Proyecto de Desarrollo Municipal (Prodem), Marcos Tavárez, sostuvo que los cabildos no tienen capacidad de gestión firme, por lo que se opuso a que se promuevan nuevas divisiones del territorio ya que incluso las actuales “generan problemas”.
El experto explicó que todavía muchas demarcaciones enfrentan problemas de fronteras territoriales, falta de estructuras físicas, pocos recursos económicos y limitadas capacidades de recursos humanos.
Citó al municipio de Tamayo, provincia Bahoruco, que tiene muchos problemas debido a que le han creado distritos municipales en exceso y sin planificación.
Un estudio diagnóstico elaborado por Prodem indica que en el país predomina “una falta de cohesión social territorial y municipal”, y plantea un fortalecimiento de las capacidades de gestión de los municipios, y que los cabildos mejoren su gestión en las áreas de: organización, planificación y administración financiera.
Fidias Aristy dice es un desorden
El secretario general de la Liga Municipal Dominicana, Fidias Aristy, calificó ayer de preocupante la tendencia hacia la fragmentación territorial al margen de la más mínima planificación a mediano y largo plazos.
“Compartimos el criterio de que toda propuesta de cambios en la división territorial o política, se haga acorde a la propuesta de Ley de Uso de Suelos y Regiones Únicas, que contempla 5 macro regiones de desarrollo y 10 regiones operativas de planificación”, expresó el funcionario.
Aristy dijo que el hecho de que en los últimos 10 años se aprobaran 114 distritos municipales y 53 municipios, equivale a lo que un reconocido intelectual ha llamado “la práctica del absurdo”.
El titular de la LMD interpreta que la Ley 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, intentó constituirse en un freno a esa tendencia fragmentaria y dañina, no por ser fragmentaria, sino por hacerse al margen de la planificación.
“La fragmentación territorial es la expresión del estado de desorden que en lo relativo a la planificación territorial hemos vivido en los últimos años, y que debemos detener”, subrayó Aristy.
Cámara de Cuentas tendría dificultad
La presidenta de la Cámara de Cuentas, Licelot Marte, opinó que no se puede seguir aumentando los municipios y distritos municipales, pero aclaró que la decisión no le corresponde a la entidad que dirige, sino al Senado de la República y la Cámara de Diputados.
"Nosotros lo que haríamos es cumplir en el momento que sea. Habría que hacer lo que se pueda”, dijo la funcionaria cuando se le preguntó sobre las posibles dificultades para auditar las operaciones de tantas nuevas demarcaciones.
La funcionaria ofreció su opinión luego de firmar un acuerdo de cooperación con el presidente del Instituto de Contadores Públicos Autorizados, Andrés Jorge Billini, en el que se comprometieron en formar y capacitar los profesionales en auditoría necesarios para suplir la demanda de la Cámara de Cuentas. Ratificó su intención de seguir cumpliendo la labor de auditar las operaciones de los municipios.
Presupuestos participativos
Las responsabilidades de los ediles que dirigen los municipios y distritos municipales también están plasmadas en la Costitución, aunque algunos aspectos no se cumplen.
Uno de esos aspectos es el de los presupuestos participativos, sobre los cuales habla el artículo 206 de la Carta Magna: “La inversión de los recursos municipales se hará mediante el desarrollo progresivo de presupuestos participativos que propicien la integración y corresponsabilidad ciudadana en la definición, ejecución y control de las políticas de desarrollo local”.
Esa es una de las principales faltas de los ediles, pues muy pocos practican ese mandato constitucional.
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