El Tribunal Constitucional rechazó anoche la medida cautelar interpuesta por la Fuerza Nacional Progresista (FNP), que buscaba la suspensión de la Asamblea Nacional Revisora convocada para hoy para reformar la Constitución y restablecer la reelección presidencial y permitir la repostulación del presidente Danilo Medina.
La decisión, que fue introducida al TC el pasado miércoles en la tarde por Marino Vinicio Castillo y el diputado Vinicio Castillo Semán, fue rechazada a unanimidad por los 11 jueces que asistieron a la audiencia, tras cuatro horas de deliberación.
Dos de los jueces del pleno se excusaron: Lino Vásquez y Wilson Gómez.
La sentencia fue leída pasadas las 11:00 de la noche por el secretario del TC, Julio José Rojas Báez.
Con la solicitud de las medidas cautelares, la FNP buscaba que el TC suspendiera la Asamblea Revisora hasta que sea conocida una acción directa de inconstitucionalidad que presentó en contra de la Ley 24-15, que declaró la necesidad de la reforma y convocó a la Asamblea Nacional Revisora. Mediante la acción de inconstitucionalidad, la FNP pedía la nulidad de esa ley, por considerar que viola varios artículos de la Carta Magna.
Ayer en la mañana, el TC notificó la acción a los presidentes del Senado, Cristina Lizardo, y de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, así como al procurador Francisco Domínguez Brito, a quienes les otorgó un plazo de 8 horas para que emitieran su opinión sobre la solicitud de las medidas cautelares.
Los alegatos
Al caso se sumó como interviniente voluntario el periodista y empresario financista, Francisco A. Rosario.
Al caso se sumó como interviniente voluntario el periodista y empresario financista, Francisco A. Rosario.
La ley 24-15 fue aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 2 de junio y ese mismo día fue promulgada por el Poder Ejecutivo.
La FNP alegó que con la aprobación de la ley de convocatoria a la Asamblea Revisora se violaron los artículos 2, 124 y 127, 77.4, 208, 270, y 272 de la Constitución.
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